5. Anuncios. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2022/241-47)
Anuncio de 12 diciembre de 2022, de la Sociedad Red de Villas Turísticas de Andalucía, S.A., por la que se efectúa convocatoria pública para la contratación indefinida.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 241 - Lunes, 19 de diciembre de 2022

página 20672/6

En ningún caso se valorarán, en este apartado, aquellos cursos cuya finalidad sea
la obtención de títulos académicos o que se hayan aportado como acreditación del
cumplimiento de requisitos para concurrir o para computar como titulaciones adicionales.

6. Proceso de selección.
Constará de las siguientes fases:
Fase I: Admisión.
La Comisión de Valoración, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes
revisará la documentación aportada por los solicitantes para verificar el cumplimiento de
los requisitos exigidos para concurrir al proceso de selección y se publicará en la página
web corporativa www.villasdeandalucia.com
A la lista provisional de candidatos, admitidos y excluidos, se podrán presentar
alegaciones en el plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente a la
fecha de su publicación en la página web corporativa www.villasdeandalucia.com. Las
alegaciones deberán remitirse por correo electrónico a la dirección
recursoshumanos@reddevillas.es.
Transcurrido dicho plazo, y una vez analizadas y valoradas las alegaciones, en su
caso presentadas, se publicará la lista definitiva de candidatos/as admitidos y excluidos.
Fase II: Baremación de los méritos.
Publicada la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as, la Comisión procederá a
aplicar el baremo de la presente convocatoria sobre los documentos acreditativos de los
méritos alegados de los/as candidatos/as admitidos/as.
Con las puntuaciones asignadas a cada candidato, la lista provisional de Valoración de
Candidatos/as que se publicará en la página web corporativa www.villasdeandalucia.com y
a la que se podrán presentar alegaciones en el plazo de tres días hábiles contados a partir
del día siguiente a la fecha de su publicación. Las alegaciones deberán remitirse por correo
electrónico a la dirección recursoshumanos@reddevillas.es. Transcurrido dicho plazo y una
vez analizadas y valoradas las alegaciones, en su caso presentadas, se publicará la lista
definitiva de Valoración de Candidatos/as.
Finalizada esta fase se sumarán las puntuaciones obtenidas por los candidatos/as en
la Fase II, y resultará seleccionado el candidato/a que haya obtenido mayor puntuación.
En caso de empate entre dos o más aspirantes, el orden se establecerá atendiendo a los
siguientes criterios y por este orden:
Primero. Tiempo total de servicios prestados como personal laboral temporal en Red
de Villas Turísticas de Andalucía, S.A., en el puesto convocado.
Segundo. Tiempo total de servicios prestados como personal laboral temporal en
Red de Villas Turísticas de Andalucía, S.A., en distinta categoría profesional dentro de la
misma área funcional.
Si tras la aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior se mantuviera un empate, se aplicarán
sucesivamente, y hasta donde resulten necesarios, los siguientes criterios de desempate:
a) Tiempo total de servicios prestados como personal laboral temporal en el Sector
Público y resto de administraciones públicas en el puesto convocado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00273878

5 Comisión de Valoración.
5.1. La Comisión de Valoración estará integrada por:
- Responsable Recursos Humanos Red de Villas Turísticas de Andalucía, S.A.
- Responsable de cada uno de los centros en los que se ofertan las plazas.
- Un representante de los trabajadores del centro para el que se convoca la plaza.
5.2. La Comisión solamente valorará los méritos que hayan sido debidamente
alegados y acreditados documentalmente, sin que puedan valorarse como méritos los
referidos a requisitos generales y específicos exigidos en la convocatoria.
5.3. Únicamente serán valorados los méritos que se ostenten a la finalización del
plazo de presentación de solicitudes no computándose los obtenidos con posterioridad a
dicha fecha.