5. Anuncios. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2022/241-47)
Anuncio de 12 diciembre de 2022, de la Sociedad Red de Villas Turísticas de Andalucía, S.A., por la que se efectúa convocatoria pública para la contratación indefinida.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 241 - Lunes, 19 de diciembre de 2022

página 20672/5

Es condición esencial para la participación, la cumplimentación correcta del
autobaremo, del referido Anexo I, indicando de forma individualizada, los méritos y
los puntos que corresponden a cada uno de los mismos conforme a estas bases. No
se calificará documentación alguna adjunta al referido anexo que no esté reflejada y
puntuada en algún apartado del autobaremo, todo ello, sin perjuicio en todo caso, de
la posibilidad de corrección de oficio del error en la puntuación asignada a cada mérito
consignado, por la Comisión Evaluadora.
La falta de presentación en plazo de los documentos requeridos y la falta de
cumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria
constituyen motivo suficiente y causa justificada para la pérdida de cualquier derecho
derivado de esta convocatoria, entre otros, para la exclusión automática y definitiva del
proceso selectivo.
Será igualmente causa de exclusión de la convocatoria, cualquier falsedad, anomalía
e irregularidad detectada en cualquiera de los datos aportados.
Los documentos presentados serán fotocopias del original.

Formación (máximo 30 puntos).
1. Titulaciones Académicas relacionadas directamente con el puesto al que se aspira
–distinta a la exigida para acceder al puesto– y de nivel superior a la exigida para el
puesto: 10 puntos por titulación (máximo una titulación).
Las titulaciones académicas se acreditarán mediante la presentación de título o
certificado equivalente de la entidad que la impartió.
2. Formación complementaria, Cursos de Formación y/o perfeccionamiento cuyo
contenido guarde relación con las funciones del puesto de trabajo al que se aspira.
- Curso inferior a 20 horas: 0,10 puntos por curso.
- Curso entre 20 a 50 horas: 0,20 puntos por curso.
- Curso entre 51 a 100 horas: 0,50 puntos por curso.
- Curso entre 101 a 200 horas: 1 punto por curso.
- Curso entre 201 a 300 horas: 2 puntos por curso.
- Curso superior a 300 horas: 3 puntos por curso.
Los cursos de formación y/o perfeccionamiento se han de acreditar mediante
los correspondientes certificados emitidos por centros de formación debidamente
homologados. No se admitirán los certificados en los que no conste el número de horas y
las materias objeto de formación y/o perfeccionamiento.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00273878

4. Méritos a valorar.
Experiencia Profesional (máximo 70 puntos).
- Por servicios prestados en la misma categoría profesional y área funcional a la que se opta,
en Red de Villas Turísticas de Andalucía, S.A.: 3 puntos por cada año de servicio. Los periodos
inferiores a un año de servicio, se computarán a razón de 0,25 puntos por mes completo.
- Por servicios prestados en la misma categoría profesional y área funcional a la que
se opta en el sector público andaluz y resto de administraciones públicas: 0,90 puntos por
cada año de servicio. Los periodos inferiores a un año de servicio se computarán a razón
de 0,075 puntos por mes completo
- Por servicios prestados en distinta categoría profesional dentro de la misma Área
Funcional a la que se opta en Red de Villas Turísticas de Andalucía, S.A.: 1,5 puntos por
cada año de servicio. Los periodos inferiores a un año de servicio se computarán a razón
de 0,125 puntos por mes completo.
No se computará como experiencia profesional la realización de prácticas obligatorias
para la consecución de títulos académicos.
La experiencia profesional por cuenta ajena se acreditará mediante informe de vida
laboral actualizado y/o hoja de servicios en la Administración. También será necesario
aportar los contratos de trabajo, excepto los concertados con Red de Villas Turísticas de
Andalucía, S.A., que se computarán de oficio.