Autoridades y personal. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/240-19)
Resolución de 13 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo para la cobertura de vacantes correspondientes al Grupo V del personal laboral incluido en el Convenio Colectivo de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante concurso de promoción.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 240 - Viernes, 16 de diciembre de 2022

página 20638/9

8. Por resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se pondrá fin
al procedimiento, con la indicación de los destinos adjudicados en cada categoría, a
quienes han obtenido la promoción. Los destinos obtenidos serán irrenunciables. Contra
dicha resolución cabe presentar demanda ante el Juzgado de lo Social, en el plazo de
veinte días, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 del Texto Refundido de la
Ley del Estatuto de los Trabajadores, en relación con lo previsto en los artículos 69 y
siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre.
Décima. Incorporación a los nuevos destinos.
1. Las personas aspirantes seleccionadas comparecerán ante la unidad de personal
correspondiente del órgano donde hubiesen obtenido destino, en los términos que
determine la resolución definitiva del concurso, a fin de incorporarse al nuevo puesto de
trabajo para el que han sido seleccionadas. La no incorporación supondrá la concurrencia
de la causa de extinción del contrato de trabajo previsto en el artículo 49.1.d) del texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, esto es, por dimisión del trabajador.
2. La persona trabajadora no adquirirá la categoría profesional para la que ha concursado
hasta que se inicie la efectiva prestación de servicios en el puesto adjudicado en el presente
concurso, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 4 de la presente base.
3. Dado el carácter voluntario del concurso, los traslados que impliquen cambio de
residencia no darán derecho a indemnización alguna.
4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 19 del Convenio Colectivo del personal
laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, se establece un periodo de prueba
de un mes, excepto en los casos en los que el personal haya desempeñado las mismas
funciones en el ámbito del Convenio Colectivo de Personal Laboral de la Junta de
Andalucía, cualquiera que sea la modalidad de contratación u ocupación, por un periodo
equivalente al menos al del periodo de prueba.
Undécima. Norma final.
La participación en el presente concurso presupone la aceptación de todas y cada
una de sus bases.
Contra la presente resolución cabe presentar demanda ante el Juzgado de lo Social,
en el plazo de veinte días, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 del texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en relación con lo previsto en los
artículos 69 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre.
Sevilla, 13 de diciembre de 2022.- La Directora General, Natalia Silvia Márquez García.
ANEXO I

GRUPO
V
V
V
V

CATEGORÍA
PERSONAL ASISTENTE
EN RESTAURACIÓN
PERSONAL DE
LIMPIEZA Y
ALOJAMIENTO
PERSONAL DE OFICIOS
PERSONAL DE
SERVICIOS GENERALES

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

TOTAL
PLAZAS

PLAZAS
TURNO
LIBRE

PLAZAS TURNO
RESERVA
DISCAPACIDAD
GENERAL

PLAZAS TURNO
RESERVA
DISCAPACIDAD
MENTAL

47

42

4

1

50

44

4

2

62

57

4

1

335

306

25

4

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00273817

PLAZAS CONVOCADAS