Autoridades y personal. Universidades. (2022/239-13)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir plazas de personal laboral fijo de Administración y Servicios Laboral de la Universidad de Cádiz, mediante turno libre y por el procedimiento de consolidación de efectivos, de la categoría de Técnico Auxiliar de Biblioteca, Archivo y Museo de la Universidad de Cádiz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Jueves, 15 de diciembre de 2022

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2. Requisitos de los aspirantes.
2.1. Para ser admitido a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán
reunir los siguientes requisitos:
2.1.1. Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea. Asimismo, lo anterior será de aplicación al cónyuge de los españoles y de
los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre
que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha
edad dependientes. Igualmente se entenderá a las personas incluidas en el ámbito de
aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y
ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Los extranjeros residentes en España podrán acceder en igualdad de condiciones que
los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea como personal laboral al
servicio de las Administraciones Públicas, de acuerdo con los principios constitucionales
de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.
2.1.2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.3. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la
edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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reservará una plaza para personas con discapacidad, considerando como tales las
definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos
de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, siempre que superen los procesos selectivos
y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas. En el
supuesto de no ser cubierta, se acumulará a las restantes plazas convocadas.
1.2. El presente proceso selectivo se ajustará a lo establecido en el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto Legislativo 2/2015, de
23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción
de la temporalidad en el empleo público, la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades, los Estatutos de la Universidad de Cádiz, el vigente Convenio Colectivo
del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, el Reglamento de
Selección, Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios
de la Universidad de Cádiz, el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de
Cádiz de 29 de noviembre de 2021, por el que se aprueba el Plan de Estabilización y
Consolidación de empleo público del PAS de la Universidad de Cádiz, modificado por el
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de mayo de 2022.
1.3. El proceso selectivo constará de dos fases: Fase de concurso y fase de oposición,
con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias especificadas en el Anexo I de
esta convocatoria.
1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II
de esta convocatoria.
1.5. La duración máxima del proceso selectivo será de cuarenta y cinco días hábiles,
a contar desde la finalización del primer ejercicio. No obstante, debido a la situación
actual generada por la pandemia COVID-19, la duración del proceso selectivo, las fechas
de celebración de los ejercicios y resto de plazos indicados en estas bases estarán
condicionadas a la evolución de la misma.