Autoridades y personal. Universidades. (2022/238-36)
Resolución de 8 de diciembre de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de contratos de Profesores Ayudantes Doctores para el curso 2022/2023 en el Campus de Granada, para atender necesidades docentes urgentes e inaplazables.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 238 - Miércoles, 14 de diciembre de 2022

página 20438/7

plaza de Profesor/a Ayudante Doctor/a formalizada según se especifica en el punto 7.3.
En el caso de que no se cumplan las condiciones especificadas en el punto 7.3 o de que
la vacante se produzca más de un año después de la publicación de la convocatoria de la
plaza se usará la lista ordenada para realizar una contratación de Profesor/a Sustituto/a
Interino/a, en los términos establecidos en los puntos 3.2 y 3.3 de la Normativa para la
contratación de Profesorado Sustituto Interino en la Universidad de Granada aprobada en
Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2018, y siempre que el perfil de la plaza se ajuste
a las necesidades docentes sobrevenidas.
6. Recurso de alzada.
6.1. Contra el acuerdo de la Comisión de Evaluación formulando la propuesta de
provisión de la plaza, los/as interesados/as podrán interponer recurso de alzada en
el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en la página web
del Servicio de Personal de Personal Docente e Investigador, ante el Rectorado de la
Universidad de Granada que resolverá una vez recabada la información necesaria.
6.2. Transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que
recaiga resolución, se entenderá desestimado el recurso y quedará expedita la vía
procedente.
6.3. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos en la propuesta
de provisión o formalización del contrato, salvo que el Rectorado, mediante resolución
expresa, aprecie que la ejecución del acto pudiera causar perjuicios de imposible o difícil
reparación, o, aprecie en la fundamentación de la impugnación la existencia manifiesta
de causa de nulidad de pleno derecho. A tal fin se formalizará el contrato laboral con el
aspirante propuesto, sin perjuicio de que la eventual estimación del recurso tanto en vía
administrativa como jurisdiccional, llevará consigo la extinción de la relación contractual
inicialmente propuesta, actuando como condición resolutoria de la misma.

8. Disposición final.
8.1. El concurso y posterior contratación se regirá por las normas de la presente
convocatoria, por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,
modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; Real Decreto 898/1985, de 30
de abril, sobre Régimen de Profesorado Universitario, y posteriores modificaciones del
mismo, en todo lo que no se oponga a la anterior ley; Estatutos de la UGR, aprobados

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00273594

7. Formalización de los contratos.
7.1. Realizadas las propuestas, el Rectorado extenderá los correspondientes contratos
previa presentación por parte del o la candidata de la documentación que le sea requerida
a tal efecto. Los/as interesados/as tendrán un plazo máximo para ello de cinco días hábiles
a contar desde el día siguiente a la publicación de la propuesta de provisión en la página
web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada. En
el caso de no presentarse el o la interesada en el referido plazo a la firma del contrato, se
entiende que renuncia a sus derechos, salvo casos de fuerza mayor, libremente apreciados
por el Rectorado.
7.2. En los casos de renuncia o cualquier otra causa que impida la contratación del
o la aspirante seleccionado/a, podrá formalizarse la incorporación con el siguiente más
valorado, si la Comisión de Evaluación no hubiese acordado que este/a candidato/a no se
ajusta al perfil docente de la plaza o cuando no se adecue a las exigencias académicas
de la misma.
7.3. En el caso de que se produzca una vacante y según los criterios acordados
en mesa de negociación, en el plazo máximo de un año a partir de la convocatoria del
concurso, mediante la publicación de dicha convocatoria en el BOJA, se procederá
a formalizar la incorporación del siguiente candidato/a más valorado/a en la figura de
Profesor Ayudante Doctor.