Autoridades y personal. Universidades. (2022/238-36)
Resolución de 8 de diciembre de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de contratos de Profesores Ayudantes Doctores para el curso 2022/2023 en el Campus de Granada, para atender necesidades docentes urgentes e inaplazables.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 238 - Miércoles, 14 de diciembre de 2022
página 20438/6
1. El/la Vicerrector/a competente en materia de profesorado, o persona en quien
delegue, que la presidirá.
2. El/la Decano/a o Director/a del Centro donde principalmente vaya a impartir
docencia el contratado o la contratada, o persona en quien delegue.
3. El/la Director/a del Departamento al que se adscriba la plaza, o persona en quien
delegue.
4. Tres profesoras o profesores doctores del ámbito del conocimiento con vinculación
permanente a la Universidad de Granada, a propuesta del Departamento, y sus
respectivos suplentes, procurando una composición equilibrada entre mujeres y hombres
5. Un profesor o profesora doctor con vinculación permanente a la Universidad de
Granada a propuesta de la representación de las trabajadoras y los trabajadores, y su
suplente.
La composición de cada Comisión de Evaluación será publicada en la página web del
Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada.
5.2. La Comisión de Evaluación, una vez constituida, examinará el cumplimiento de
los requisitos exigidos en las presentes bases.
5.3. La Comisión de Evaluación valorará a los aspirantes de acuerdo con el Acuerdo
sobre criterios generales de valoración de méritos para la contratación de profesorado
contratado no permanente (Ayudantes, Asociados y Ayudantes Doctores) de la
Universidad de Granada, aprobado en Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2018. La
Comisión de Evaluación, una vez constituida y antes de acceder a los expedientes de
los concursantes, hará públicos en la página web del Servicio de Personal Docente e
Investigador de la Universidad de Granada el grado de afinidad de cada uno de los méritos
con el área de conocimiento de la plaza, en aplicación de la Disposición Transitoria Única
del Acuerdo sobre criterios generales de valoración de méritos para la contratación de
profesorado contratado no permanente (Ayudantes, Asociados y Ayudantes Doctores) de
la Universidad de Granada.
La Comisión de Evaluación será competente para resolver las dudas que puedan
surgir en relación con la aplicación e interpretación del baremo, contando con el
asesoramiento técnico de los órganos de la Universidad de Granada competentes.
La Comisión de Evaluación podrá solicitar a los/as concursantes la aportación de
documentación complementaria a la ya presentada.
5.4. La Comisión de Evaluación resolverá el concurso y hará la correspondiente
propuesta de contratación a favor del o de la concursante, o de los/as concursantes
(según sea una o más las plazas convocadas), mejor valorados/as. En todo caso, se
hará público en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la
Universidad de Granada el resultado del mismo, especificando las puntuaciones parciales
obtenidas en cada uno de los apartados considerados en el baremo. La propuesta será
elevada al Rectorado de la Universidad de Granada.
5.5. Todos los concursos podrán resolverse con la no adjudicación de la/s plaza/s,
cuando a juicio de la Comisión de Evaluación los currículum de los aspirantes no se
ajusten al perfil o actividad docente de la plaza.
5.6. La comunicación del resultado del concurso a los/as aspirantes, seleccionados
o no, se entenderá practicada mediante la publicación de la propuesta de provisión
efectuada por la Comisión de Evaluación en la página web del Servicio de Personal
Docente e Investigador de la Universidad de Granada. A tal fin los/as aspirantes deberán
actuar con la diligencia razonable para estar al corriente del desarrollo del concurso y de
la publicación en la cita página web del resultado del mismo, cuya fecha de publicación
se hará constar en el mismo anuncio.
5.7. La lista de aspirantes de un concurso Profesor/a Ayudante Doctor/a, ordenados
de mayor a menor puntuación, podrá ser utilizada en caso necesario para cubrir una
vacante en la misma área de conocimiento y con el mismo perfil. Si la vacante se produce
en el primer año tras la convocatoria de la plaza, la vacante se cubrirá mediante una
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00273594
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 20438/6
1. El/la Vicerrector/a competente en materia de profesorado, o persona en quien
delegue, que la presidirá.
2. El/la Decano/a o Director/a del Centro donde principalmente vaya a impartir
docencia el contratado o la contratada, o persona en quien delegue.
3. El/la Director/a del Departamento al que se adscriba la plaza, o persona en quien
delegue.
4. Tres profesoras o profesores doctores del ámbito del conocimiento con vinculación
permanente a la Universidad de Granada, a propuesta del Departamento, y sus
respectivos suplentes, procurando una composición equilibrada entre mujeres y hombres
5. Un profesor o profesora doctor con vinculación permanente a la Universidad de
Granada a propuesta de la representación de las trabajadoras y los trabajadores, y su
suplente.
La composición de cada Comisión de Evaluación será publicada en la página web del
Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada.
5.2. La Comisión de Evaluación, una vez constituida, examinará el cumplimiento de
los requisitos exigidos en las presentes bases.
5.3. La Comisión de Evaluación valorará a los aspirantes de acuerdo con el Acuerdo
sobre criterios generales de valoración de méritos para la contratación de profesorado
contratado no permanente (Ayudantes, Asociados y Ayudantes Doctores) de la
Universidad de Granada, aprobado en Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2018. La
Comisión de Evaluación, una vez constituida y antes de acceder a los expedientes de
los concursantes, hará públicos en la página web del Servicio de Personal Docente e
Investigador de la Universidad de Granada el grado de afinidad de cada uno de los méritos
con el área de conocimiento de la plaza, en aplicación de la Disposición Transitoria Única
del Acuerdo sobre criterios generales de valoración de méritos para la contratación de
profesorado contratado no permanente (Ayudantes, Asociados y Ayudantes Doctores) de
la Universidad de Granada.
La Comisión de Evaluación será competente para resolver las dudas que puedan
surgir en relación con la aplicación e interpretación del baremo, contando con el
asesoramiento técnico de los órganos de la Universidad de Granada competentes.
La Comisión de Evaluación podrá solicitar a los/as concursantes la aportación de
documentación complementaria a la ya presentada.
5.4. La Comisión de Evaluación resolverá el concurso y hará la correspondiente
propuesta de contratación a favor del o de la concursante, o de los/as concursantes
(según sea una o más las plazas convocadas), mejor valorados/as. En todo caso, se
hará público en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la
Universidad de Granada el resultado del mismo, especificando las puntuaciones parciales
obtenidas en cada uno de los apartados considerados en el baremo. La propuesta será
elevada al Rectorado de la Universidad de Granada.
5.5. Todos los concursos podrán resolverse con la no adjudicación de la/s plaza/s,
cuando a juicio de la Comisión de Evaluación los currículum de los aspirantes no se
ajusten al perfil o actividad docente de la plaza.
5.6. La comunicación del resultado del concurso a los/as aspirantes, seleccionados
o no, se entenderá practicada mediante la publicación de la propuesta de provisión
efectuada por la Comisión de Evaluación en la página web del Servicio de Personal
Docente e Investigador de la Universidad de Granada. A tal fin los/as aspirantes deberán
actuar con la diligencia razonable para estar al corriente del desarrollo del concurso y de
la publicación en la cita página web del resultado del mismo, cuya fecha de publicación
se hará constar en el mismo anuncio.
5.7. La lista de aspirantes de un concurso Profesor/a Ayudante Doctor/a, ordenados
de mayor a menor puntuación, podrá ser utilizada en caso necesario para cubrir una
vacante en la misma área de conocimiento y con el mismo perfil. Si la vacante se produce
en el primer año tras la convocatoria de la plaza, la vacante se cubrirá mediante una
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00273594
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía