3. Otras disposiciones. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/238-40)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Cádiz, sobre concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a Entidades Locales beneficiarias para el desarrollo de Programas de Prevención, Seguimiento y Control del Absentismo Escolar, así como para la Atención del Alumnado Inmigrante, mediante la aplicación de Medidas de Compensación Educativa de las Desigualdades, Curso 2022/2023, al amparo de la Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95, de 17 de mayo) y de la Resolución de 23 de junio de 2022 (BOJA núm. 126, de 4 de julio).
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Número 238 - Miércoles, 14 de diciembre de 2022

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apartado 12.a) del cuadro resumen para esa línea de subvenciones a Entidades Locales
en materia de absentismo escolar, con la graduación correspondiente, aprobado todo ello
por la Comisión Evaluadora y, como tal, quedó recogido en el Acta de esas reuniones.
4. Con fecha 16 de septiembre de 2022, de conformidad con el artículo 15 de la Orden
citada y el apartado 13 del cuadro resumen, se procede a emitir la propuesta provisional
de resolución de la Comisión Evaluadora, que es publicada en la página web de esta
Delegación Territorial el 19 de septiembre de 2022, concediendo un plazo de 10 días
para alegar, reformular su solicitud, comunicar su aceptación o renunciar, presentando
el formulario-Anexo II junto a la documentación señalada en el apartado 15 del cuadro
resumen para esta línea de subvención y en la Resolución de 23 de junio de 2022
(BOJA núm. 126, de 4.7.2022) de convocatoria para el curso 2022/2023, que deberá ser
acreditativa de los datos que hayan consignado en su solicitud, tanto de los requisitos en
las declaraciones responsables, como de los criterios de valoración.
En ella figuraban, en el Anexo I, las entidades solicitantes que habían obtenido
puntuación suficiente para tener la consideración de beneficiarias provisionales, por
orden de puntuación, con la cuantía de la subvención otorgable.
5. Una vez publicada la propuesta provisional de resolución, el día 22 de septiembre
de 2022, el Excmo. Ayto. de Barbate presenta una alegación (Anexo II), en la que expone
que ha presentado el Anexo I de solicitud en la fecha correcta. Esta circunstancia
hace que tenga que convocarse de nuevo la Comisión Evaluadora Provincial el día
26 de septiembre de 2022, para analizar dicha alegación. En la misma se indica que
presentaron la solicitud en el Registro Electrónico de la Dirección General de Atención a
la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar el día 12 de julio de 2022, por lo que
entró perfectamente en el plazo establecido pero, a día 21 de septiembre de 2022, una
vez publicada la Propuesta Provisional de Resolución en la página web de la Delegación
Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación
e Innovación, todavía no se había recibido en el Registro de esta Delegación Territorial.
Debido a dicho error material producido hay que atender a dicha alegación.
Debido a esta circunstancia, se ha visto necesario volver a convocar de forma
extraordinaria a la Comisión Provincial para elaborar una nueva propuesta provincial
de resolución, en la que hay que realizar de nuevo el reparto económico, incluyendo al
Excmo. Ayto. de Barbate.
6. Con fecha 26 de septiembre de 2022, de conformidad con el artículo 15 de la
orden citada y el apartado 13 del cuadro resumen, se procede a emitir la nueva propuesta
provisional de resolución de la Comisión Evaluadora, que es publicada en la página web
de esta Delegación Territorial el mismo día, concediendo un plazo de 10 días para alegar,
reformular su solicitud, comunicar su aceptación o renunciar, presentando el formularioAnexo II junto a la documentación señalada en el apartado 15 del cuadro resumen para
esta línea de subvención y en la Resolución de 23 de junio de 2022 (BOJA núm. 126, de
4.7.2022) de convocatoria para el curso 2022/2023, que deberá ser acreditativa de los
datos que hayan consignado en su solicitud, tanto de los requisitos en las declaraciones
responsables, como de los criterios de valoración.
En ella figuraban, en el Anexo I, las entidades solicitantes que habían obtenido
puntuación suficiente para tener la consideración de beneficiarias provisionales, por
orden de puntuación, con la cuantía de la subvención otorgable.
7. Finalizado el plazo anterior de 10 días, el 17 de octubre de 2022, se reunió la
Comisión Evaluadora que procedió a la comprobación de la documentación presentada
por las distintas entidades, proponiéndose las entidades beneficiarias titulares con
la subvención concedida. así como las entidades que no habían presentado la
documentación solicitada en la propuesta provisional. Los Excmos. Aytos. de San Roque
y de Puerto Real han reducido el presupuesto reformulado con respecto a la propuesta
provisional de resolución. Esta circunstancia hace reducir el crédito correspondientes
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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