Disposiciones generales. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/238-5)
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se efectúa la convocatoria pública de las Ayudas Individualizadas para el Transporte Escolar en el curso académico 2021/2022.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 238 - Miércoles, 14 de diciembre de 2022

página 20358/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Ordenación,
Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se efectúa la
convocatoria pública de las Ayudas Individualizadas para el Transporte Escolar
en el curso académico 2021/2022.
De conformidad con el artículo 17 del Decreto 287/2009, de 30 de junio, por el que se
regula la prestación gratuita del servicio complementario de transporte escolar para
el alumnado de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, la Consejería
competente en materia de educación concederá, mediante convocatorias anuales,
ayudas individualizadas para financiar los gastos de transporte del alumnado beneficiario
del servicio que no pueda hacer uso de ninguna de las modalidades a que se refieren las
letras a), b) y c) del artículo 7 del citado decreto.
Mediante la Orden de 3 de diciembre de 2010, por la que se regula la organización
y gestión del servicio de transporte público regular de uso especial de escolares por
carretera y las ayudas individualizadas reguladas en el Decreto 287/2009, de 30 de junio,
antes mencionado, se establece la regulación de las ayudas individualizadas para el
transporte escolar.
El artículo 10.1 de la citada Orden de 3 de diciembre de 2010 dispone que, anualmente,
mediante resolución de la persona titular de la Dirección General competente en materia
de becas y ayudas al estudio, se establecerá la cuantía de las ayudas y se realizará la
convocatoria pública para acogerse a las ayudas reguladas en dicha orden.
De conformidad con el artículo 17.5 del Decreto 287/2009, de 30 de junio, la cuantía
de la ayuda individualizada se determinará en función del número de kilómetros que se
recorran, y no superará, en ningún caso, el coste de la actividad realizada, aisladamente o
en concurrencia con otras ayudas de otras Administraciones Públicas o de entes públicos
o privados, nacionales o internacionales.
De conformidad con el artículo 10.3.d) del Decreto 154/2022, de 11 de agosto, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional, corresponde a la Dirección General de Ordenación, Inclusión,
Participación y Evaluación Educativa las competencias relativas a la gestión y propuesta
de resolución de las becas y ayudas al estudio financiadas con fondos propios, así como
la propuesta de desarrollo normativo, la ejecución de las becas y ayudas estatales, en el
ámbito de las enseñanzas no universitarias.
En su virtud, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria, por delegación de
la persona titular de la Consejería competente en materia de educación,

Primero. Convocatoria y alumnado destinatario.
Mediante la presente resolución se convocan las ayudas individualizadas para el
transporte escolar en el curso académico 2021/2022 que de conformidad con lo establecido
en el artículo 13 de la Orden de 3 de diciembre de 2010, por la que se regula la organización
y gestión del servicio de transporte público regular de uso especial de escolares por
carretera y las ayudas individualizadas reguladas en el Decreto 287/2009, de 30 de junio,
antes mencionado, se establece la regulación de las ayudas individualizadas para el
transporte escolar, está dirigida al siguiente alumnado:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00273534

RESU ELVO