Autoridades y personal. Universidades. (2022/237-33)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan pruebas selectivas, de acceso libre, para el ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Huelva por el sistema de concurso-oposición.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 237 - Martes, 13 de diciembre de 2022

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Tribunal Calificador se hará pública con la lista de personas aprobadas en los ejercicios,
considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la
citada publicación.
7.8. Finalizada la fase de oposición y mediante Acuerdo del Tribunal Calificador,
que se publicará en los lugares establecidos en la base primera, apartado 1.9 de esta
convocatoria, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles contados
a partir del día siguiente al de publicación de la lista definitiva de personas aprobadas de
la fase de oposición, para presentar a través de la sede electrónica de la Universidad
de Huelva (https://sede.uhu.es), a través del Registro Telemático, o bien en el Registro
General de la Universidad de Huelva, en el Registro General Auxiliar (Campus del
Carmen), o en alguna de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
la justificación documental de los méritos que quieran hacer valer en la fase de concurso
o, en su defecto, solicitud expresa para que se computen los méritos que ya figuren en
su expediente en el Servicio de Personal de Administración y Servicios. Las copias de la
documentación acreditativa de los méritos de cada persona aspirante se adjuntarán al
modelo «Acreditación de méritos» que figura como Anexo III a estas bases. Los méritos
no justificados, en el plazo establecido al efecto y mediante alguno de los procedimientos
establecidos en el párrafo anterior, no podrán ser valorados en la fase de concurso.

9. Presentación de documentación y nombramiento.
9.1. Las personas aspirantes propuestas aportarán ante la Unidad de Gestión del PAS
del Personal de Administración y Servicios, sita en la C/ Dr. Cantero Cuadrado, núm. 6,
21071 Huelva, dentro del plazo de 20 días hábiles desde que se publique la relación
definitiva de personas aprobadas a que se refiere el apartado 8.3 de la base octava, la
documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la
convocatoria.
Los documentos a presentar serán los siguientes:
a) Original y copia del Documento Nacional de Identidad, en vigor. Para los nacionales
de otros Estados, del Pasaporte o del Número de Identidad Extranjero, en vigor y, en su
caso, de la documentación que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento del
requisito de nacionalidad en los términos establecidos en la base segunda, apartado 2.1
de la presente convocatoria.
b) Original y copia del título académico oficial exigido para el ingreso o de la
justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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8. Relación de personas aprobadas.
8.1. Una vez realizados los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública
en la página web de la Unidad de Gestión del Personal de Administración y Servicios
(https://www.uhu.es/gestion-pas/) la relación de personas aspirantes que hayan aprobado
los mismos.
8.2. La calificación final de las pruebas selectivas, a efectos de declarar las personas
aprobadas, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los
diferentes ejercicios de la fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de
concurso.
8.3. La motivación de la relación de las personas aspirantes aprobadas, en cuanto al
acto administrativo emanado de la discrecionalidad técnica e independencia del Tribunal
y que pone fin al proceso selectivo, estará referida al cumplimiento de las normas
reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
8.4. El número de personas aprobadas en las pruebas selectivas no podrá ser
superior al de plazas convocadas.
8.5. El Tribunal podrá declarar desierta/s alguna/s o todas las plazas objeto del
proceso selectivo.