5. Anuncios. Ayuntamientos. (2022/236-111)
Anuncio de 28 de noviembre de 2022, del Ayuntamiento de Ardales, de bases que han de regir la convocatoria para la selección mediante concurso de méritos de determinadas plazas vacantes en la plantilla de personal, incorporadas a la oferta de empleo público extraordinaria de estabilización del empleo temporal, correspondientes a la tasa adicional para la estabilización del empleo temporal, en virtud de la normativa citada. (PP. 3295/2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Lunes, 12 de diciembre de 2022

página 19662/8

Sexta. Admisión de los aspirantes.
Para la admisión en el correspondiente proceso selectivo quienes soliciten
deberán declarar en su solicitud de participación que reúnen todos y cada uno de los
requisitos exigidos, haber abonado la correspondiente tasa conforme a lo establecido
en esta convocatoria, y en el caso de participar en el turno de discapacidad, presentar
la documentación requerida en las presentes bases, así como la presentación de la
documentación acreditativa de los méritos relativa a la experiencia profesional y de
formación, al objeto de su posterior baremación por el órgano de selección.
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, tras el examen de las mismas,
el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ardales dictará resolución, en el plazo
máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00272907

Las solicitudes se cumplimentarán de acuerdo con las instrucciones que figuren en las
bases de cada convocatoria, debiéndose presentar una por cada plaza a la que se opta.
2.2. Justificante de pago de la tasa por derecho de examen.
Los derechos de participación en el proceso selectivo serán los contemplados en la
Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por derecho de examen del Ayuntamiento de
Ardales, que pueden ser consultadas en página web del Ayuntamiento de Ardales (Portal
de Transparencia): www.ardales.es, que entrará en vigor a partir de su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia.
El pago de la tasa se efectuará dentro del plazo de presentación de solicitudes,
mediante ingreso en la cuenta corriente del Ayuntamiento de Ardales, número IBAN ES24
2103 0108 9600 1001 7715 de Unicaja en Ardales. A la solicitud de participación en la
respectiva convocatoria, la persona aspirante deberá adjuntar, el documento acreditativo
del ingreso en la mencionada cuenta, en el que deberá constar nombre y apellidos del
aspirante, nunca del representante.
Las cuantías exigibles por la Tasa son las que se consignan en el artículo 7 de la
Ordenanza Reguladora, que literalmente dice así:
«Artículo 7. Cuota tributaria.
Constituye la base de esta exacción las actividades administrativas que conllevan la
tramitación de la solicitud, estableciéndose a tal efecto las siguientes tarifas:
1. Para acceso como funcionario de carrera, al grupo A1, o como laboral fijo con
titulación equivalente a la de este grupo: 74,02 euros (100% del coste).
2. Para acceso como funcionario de carrera, al grupo A2 o como laboral fijo con
titulación equivalente a la de este grupo: 66,61 euros (90% del coste).
3. Para acceso como funcionario de carrera, al grupo B o como laboral fijo con
titulación equivalente a la de este grupo: 59,21 euros (80% del coste).
4. Para acceso como funcionario de carrera, al resto de grupos, o como laboral fijo
con titulación equivalente a la del resto de grupos: 51,81 euros (70% del coste).
Las tarifas anteriores serían aplicables también a los procesos selectivos de acceso
a funcionario interino y personal laboral temporal, a los procesos de provisión de puestos
de trabajo.»
Cuando la solicitud se presente en soporte papel, el importe de los derechos
de participación en el proceso selectivo se adjuntará con el impreso de la solicitud
debidamente cumplimentado.
En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa de los
derechos de participación en el proceso selectivo supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
2.3. Documentación acreditativa de los méritos relativos a la experiencia profesional y
a la formación, al objeto de su posterior baremación por el órgano de selección.
Los aspirantes quedarán vinculados a los datos que hayan hecho constar en la
solicitud.