5. Anuncios. Ayuntamientos. (2022/236-111)
Anuncio de 28 de noviembre de 2022, del Ayuntamiento de Ardales, de bases que han de regir la convocatoria para la selección mediante concurso de méritos de determinadas plazas vacantes en la plantilla de personal, incorporadas a la oferta de empleo público extraordinaria de estabilización del empleo temporal, correspondientes a la tasa adicional para la estabilización del empleo temporal, en virtud de la normativa citada. (PP. 3295/2022).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Lunes, 12 de diciembre de 2022

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obtenidas, sean las que fueren, otorguen ningún derecho a los aspirantes, salvo a los
propuestos por el tribunal de selección.
9.6. Toda la información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las
personas que participen en el procedimiento o a las interesadas en el mismo, se expondrá
al público en la sede electrónica (tablón de anuncios), en la página web www.ardales.es,
así como en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Ardales.

Undécima. Presentación de documentos
11.1. En el plazo de 20 días naturales, a contar desde la publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia, de las relaciones de aprobados a que se refiere el apartado 10.1
anterior, los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar, en el Servicio
competente en esta materia, del Ayuntamiento de Ardales, los siguientes documentos:
a) Documento Nacional de Identidad. En caso de ser nacional de otro estado, la
documentación legalmente exigible.
b) Título exigido para el ingreso, o documento equivalente.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a, mediante expediente
disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de las funciones públicas mediante sentencia judicial firme.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Décima. Superación del proceso selectivo y nombramientos.
10.1. La relación definitiva de aprobados se elevará al Sr. Alcalde-Presidente, y una
vez publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, los aspirantes propuestos dispondrán
de un plazo de 20 días naturales, desde el día siguiente al de la publicación oficial, para la
presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos
en esta convocatoria, así como de los méritos alegados.
10.2. Transcurrido el plazo de presentación de la documentación acreditativa del
cumplimiento de los requisitos exigidos en esta convocatoria, el Sr. Alcalde-Presidente
elevará a definitivas las propuestas realizadas por el tribunal de selección y nombrará
funcionarios de carrera y personal laboral fijo a los aspirantes que hayan acreditado el
cumplimiento de dichos requisitos y determinará el plazo para la toma de posesión en los
correspondientes destinos. Los nombramientos deberán publicarse en el Boletín Oficial
de la Provincia.
10.3. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no
comparezcan o no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera
que carecen de alguno de los requisitos señalados en esta convocatoria, no podrán
ser nombrados personal funcionario o personal laboral fijo y quedarán sin efecto sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido.
10.4. Los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo máximo de un
mes, contado desde el día siguiente a la fecha de publicación de su nombramiento como
funcionario de carrera o personal laboral fijo, en el Boletín Oficial de la Provincia.
El aspirante que, sin causa justificada, no tomara posesión de su plaza en el plazo
señalado perderá todo derecho que pudiere haber adquirido, pudiendo ser llamado el
siguiente candidato por orden de puntuación de la calificación final.
10.5. Con el fin de asegurar la cobertura de la totalidad de las plazas convocadas,
cuando se produzcan renuncias, o cuando alguna de las personas seleccionadas
carezca de los requisitos señalados en esta convocatoria o no presentase en tiempo y
forma la documentación acreditativa requerida en la base undécima, el Ayuntamiento de
Ardales podrá requerir al tribunal calificador la relación complementaria de los aspirantes
que sigan a los propuestos para su posible nombramiento como personal funcionario de
carrera, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público.