5. Anuncios. Consejería de Universidad, Investigación e Innovación. (2022/234-39)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Secretaría General de Investigación e Innovación, por la que se publica el Convenio entre la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación y la Universidad de Jaén, para la concesión de una subvención nominativa para la financiación de la construcción y mantenimiento de destino del «Centro de Investigación y Transferencia Empresarial-Edificio de Laboratorios de Investigación», en el Campus de Las Lagunillas de la Universidad de Jaén, en el marco de la Inversión Territorial Integrada de Jaén.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 234 - Miércoles, 7 de diciembre de 2022

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Décimo tercera. Devolución voluntaria
Si la entidad beneficiaria de la subvención decidiera efectuar la devolución voluntaria o solicitar la
compensación o aplazamiento, conforme establece el artículo 124 quáter del texto refundido de la Ley
General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía:





Para realizar la devolución, el beneficiario deberá solicitar una carta de pago al órgano o entidad
concedente de la subvención para su posterior ingreso.
Para solicitar la compensación, el beneficiario deberá dirigir una solicitud al órgano o entidad
concedente de la subvención, identificando el crédito reconocido a su favor y la subvención
pendiente de justificar.
Para solicitar el aplazamiento o fraccionamiento con reconocimiento de deuda, el beneficiario
dirigirá la solicitud al órgano o entidad concedente de la subvención, identificando ésta
debidamente.

La presentación de estas solicitudes se realizará en el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía, a
través de la siguiente dirección electrónica:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml

Décimo cuarta. Naturaleza, régimen jurídico y responsabilidad patrimonial
1. El presente Convenio tiene naturaleza interadministrativa conforme al artículo 47.2.a) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre.
2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 34.2 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión
de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, el presente Convenio tiene carácter de
bases reguladoras para la concesión de la citada subvención.

a) La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera.
b) El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera, así como el resto de
normas básicas que desarrollen la Ley 38/2003, de 17 de noviembre
c) El Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
d) Decreto 286/2021, de 28 de diciembre, por el que se establecen las condiciones específicas a las que
debe ajustarse la prórroga del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el
ejercicio 2022.
e) El Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa
y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
f) El Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de
Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00273100

3. Asimismo, en atención a su carácter subvencional, además de lo previsto por la citada Ley 40/2015, de 1
de octubre, al presente Convenio le resultarán de aplicación: