5. Anuncios. Ayuntamientos. (2022/234-77)
Anuncio de 28 de noviembre de 2022, del Ayuntamiento de Moclinejo, por el que se publica Resolución de Alcaldía, de 18 de noviembre de 2022, por la que se aprueban las bases que han de regir los procesos extraordinarios de estabilización al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad del empleo público. (PP. 3283/2022).
20 páginas totales
Página
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 234 - Miércoles, 7 de diciembre de 2022
página 19601/6
- Para las plazas C2 o inferiores:
Cargo
Identidad
Presidente
Ángel López Rubio
Suplente
Alfonso Aurioles Rodríguez
Vocal
Juan Luis Orero Moreno
Suplente
Javier Rupérez Bermejo
Vocal
Ernesto Manuel Vázquez Aranda
Suplente
Carlos Limón Rodríguez
Vocal
Inmaculada Roldán Bravo
Suplente
Mª del Mar Valverde López
Secretario
María Antonia Vergara Guerra
Suplente
Ascensión Nevado López de Zubiría
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los
artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
A) Fase de concurso.
La fase de concurso será previa a la fase de oposición. Consistirá en la calificación
de los méritos alegados en el momento de la solicitud de participación, de acuerdo con
el baremo de méritos establecido en el Anexo I. Solo podrán valorarse aquellos méritos
obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de admisión de instancias de la
convocatoria. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. La puntuación máxima
de la fase de concurso será de 40 puntos.
Se valorarán los méritos de acuerdo a la siguiente puntuación:
a) Experiencia profesional (méritos profesionales).
La puntuación máxima que se otorgará en este apartado será de 36 puntos.
b) Formación complementaria/titulación sup. (méritos académicos).
La puntuación máxima que se otorgará en este apartado será de 4 puntos.
B) Fase de oposición.
La fase de oposición no tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la realización de
una o varias pruebas de naturaleza obligatoria bajo los criterios que se especifican en el
Anexo I. La puntuación máxima de la fase de oposición será de 60 puntos.
La calificación final del proceso selectivo mediante concurso-oposición tendrá una
puntuación máxima de 100 puntos, y vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
de las fases de concurso y de oposición.
Una vez iniciado el proceso de selección, los anuncios de las sucesivas pruebas, así
como las puntuaciones, se publicarán en el tablón de anuncios y en la página web del
Ayuntamiento.
Se concederá un plazo de 3 días hábiles para efectos de alegatos que se contará
desde el día siguiente al de la publicación en la página web y en el tablero de anuncios
del Ayuntamiento de las calificaciones finales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00272840
Base octava. Procedimiento de selección concurso-oposición.
Si la plaza a la que se opta viene determinada en la base 2.ª mediante el sistema
de provisión de concurso-oposición, el sistema selectivo se desarrollará conforme a las
siguientes fases:
A) Fase de concurso.
B) Fase de oposición.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 234 - Miércoles, 7 de diciembre de 2022
página 19601/6
- Para las plazas C2 o inferiores:
Cargo
Identidad
Presidente
Ángel López Rubio
Suplente
Alfonso Aurioles Rodríguez
Vocal
Juan Luis Orero Moreno
Suplente
Javier Rupérez Bermejo
Vocal
Ernesto Manuel Vázquez Aranda
Suplente
Carlos Limón Rodríguez
Vocal
Inmaculada Roldán Bravo
Suplente
Mª del Mar Valverde López
Secretario
María Antonia Vergara Guerra
Suplente
Ascensión Nevado López de Zubiría
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los
artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
A) Fase de concurso.
La fase de concurso será previa a la fase de oposición. Consistirá en la calificación
de los méritos alegados en el momento de la solicitud de participación, de acuerdo con
el baremo de méritos establecido en el Anexo I. Solo podrán valorarse aquellos méritos
obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de admisión de instancias de la
convocatoria. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. La puntuación máxima
de la fase de concurso será de 40 puntos.
Se valorarán los méritos de acuerdo a la siguiente puntuación:
a) Experiencia profesional (méritos profesionales).
La puntuación máxima que se otorgará en este apartado será de 36 puntos.
b) Formación complementaria/titulación sup. (méritos académicos).
La puntuación máxima que se otorgará en este apartado será de 4 puntos.
B) Fase de oposición.
La fase de oposición no tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la realización de
una o varias pruebas de naturaleza obligatoria bajo los criterios que se especifican en el
Anexo I. La puntuación máxima de la fase de oposición será de 60 puntos.
La calificación final del proceso selectivo mediante concurso-oposición tendrá una
puntuación máxima de 100 puntos, y vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
de las fases de concurso y de oposición.
Una vez iniciado el proceso de selección, los anuncios de las sucesivas pruebas, así
como las puntuaciones, se publicarán en el tablón de anuncios y en la página web del
Ayuntamiento.
Se concederá un plazo de 3 días hábiles para efectos de alegatos que se contará
desde el día siguiente al de la publicación en la página web y en el tablero de anuncios
del Ayuntamiento de las calificaciones finales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00272840
Base octava. Procedimiento de selección concurso-oposición.
Si la plaza a la que se opta viene determinada en la base 2.ª mediante el sistema
de provisión de concurso-oposición, el sistema selectivo se desarrollará conforme a las
siguientes fases:
A) Fase de concurso.
B) Fase de oposición.