3. Otras disposiciones. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/232-35)
Resolución de 16 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Cádiz, sobre concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a Entidades sin ánimo de lucro de o pro inmigrantes beneficiarias para el desarrollo de actividades encaminadas a la Mediación Intercultural de Ámbito Provincial, curso 2022/2023, al amparo de la Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95, de 17.5.2011) y de la Resolución de 23 de junio de 2022 (BOJA núm. 126, de 4.7.2022).
12 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 232 - Viernes, 2 de diciembre de 2022

página 19643/3

Segundo. Regulación aplicable de carácter específico.
1. La Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación, que en su
artículo 2 señala, entre sus objetivos, el de potenciar el valor de la interculturalidad,
integrando en el hecho educativo la riqueza que supone el conocimiento y el respeto
por la cultura propia de los grupos minoritarios, así como el de desarrollar actitudes de
comunicación y respeto entre los miembros de la comunidad educativa.
Asimismo, el Capítulo V de la ley describe las actuaciones a desarrollar con la
población escolar perteneciente a minorías étnicas y culturales. Finalmente, en su artículo
25 configura la posible colaboración con entidades sin fines lucrativos en el desarrollo de
estas actuaciones.
2. El Decreto 167/2003, que desarrolla la ley citada, ordena la atención educativa a
los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales, asociadas a condiciones
sociales desfavorecidas y se articula un conjunto de medidas y actuaciones de carácter
compensador, dirigidas al alumnado que se encuentre en situación de desventaja
sociocultural.
3. Una vez desarrollados los programas y actuaciones tendentes a la integración
escolar y social del alumnado inmigrante, es objetivo de la Consejería de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional la puesta en marcha de programas de mediación
intercultural con la participación de las entidades sin fines de lucro.
4. La Orden de la Consejería de Educación de 15 de abril de 2011 (BOJA de 17 de
mayo), estableció las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, a Entidades
sin ánimo de lucro de y pro inmigrantes en materia de Mediación Intercultural de Ámbito
Provincial (apartado 1.h) del artículo único de la citada orden y por Resolución de 23
de junio de 2022 (BOJA núm. 126, de 4.7.2022), de la Dirección General de Atención a
la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, por la que se realiza la convocatoria
pública para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del
alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de
equidad, participación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía para
el curso 2022/2023, (resuelve primero.1), en la modalidad de concesión en régimen de
concurrencia competitiva.
5. Son de aplicación el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el que
se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías, por el que se ha modificado la composición y competencias de varias de
las Consejerías que componen la Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto
300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de
diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración
de la Junta de Andalucía, y el Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
6. Según lo establecido en el artículo 15 de las bases reguladoras de la Orden de 15
de abril de 2011 y en el apartado 13 del cuadro resumen para la línea de subvención a
Entidades sin ánimo de lucro de y pro inmigrantes en materia de Mediación Intercultural
de Ámbito Provincial, la persona competente para resolver la concesión de las ayudas es
la Delegada Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad,
Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía en la Provincia de Cádiz, por
delegación de la Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta
de Andalucía, y por tanto
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00272855

Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como otras disposiciones de
obligado cumplimiento.