3. Otras disposiciones. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/232-35)
Resolución de 16 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Cádiz, sobre concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a Entidades sin ánimo de lucro de o pro inmigrantes beneficiarias para el desarrollo de actividades encaminadas a la Mediación Intercultural de Ámbito Provincial, curso 2022/2023, al amparo de la Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95, de 17.5.2011) y de la Resolución de 23 de junio de 2022 (BOJA núm. 126, de 4.7.2022).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 232 - Viernes, 2 de diciembre de 2022
página 19643/12
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
alternativamente, o recurso potestativo de reposición, de acuerdo con los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó
el acto, siendo el plazo máximo para dictar y notificar la resolución de este recurso de
un mes; o de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción
contencioso-administrativa, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en
el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación.
Si optara por interponer el recurso potestativo de reposición, no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio. Esta desestimación por silencio se producirá si
transcurre un mes desde su interposición sin que se notifique resolución expresa.
Cádiz, 16 de noviembre de 2022.- La Delegada, María Isabel Paredes Serrano.
ANEXO I
Núm.
1
2
3
4
Entidades Solicitantes
Presupuesto
Aceptado
Subvención
Concedida
Porcentaje de
Subvención
4.714,62 €
4.714,62 €
100 %
3.665,63 €
3.655,15 €
99,71 %
3.337,31 €
3.337,31 €
100 %
1.907,04 €
1.907,04 €
100 %
FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE
MUJERES GITANAS (FAKALI)
ASOCIACIÓN DE MUJERES
PROGRESISTAS «VICTORIA KENT»
ASOCIACIÓN ALGECIRAS ACOGE
ASOCIACIÓN ANDALUCÍA POR LA
ENSEÑANZA PÚBLICA
ANEXO II
ENTIDADES SOLICITANTES
00272855
ASOCIACIÓN MARROQUÍ PARA LA
INTEGRACIÓN DE INMIGRANTES
MOTIVO DE EXCLUSIÓN
No presentar el Anexo II (art. 17.4.a), de las bases reguladoras
de estas subvenciones de la Orden de 15 de abril de 2011, BOJA
núm. 95, de 17.5.2011)
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 232 - Viernes, 2 de diciembre de 2022
página 19643/12
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
alternativamente, o recurso potestativo de reposición, de acuerdo con los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó
el acto, siendo el plazo máximo para dictar y notificar la resolución de este recurso de
un mes; o de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción
contencioso-administrativa, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en
el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación.
Si optara por interponer el recurso potestativo de reposición, no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio. Esta desestimación por silencio se producirá si
transcurre un mes desde su interposición sin que se notifique resolución expresa.
Cádiz, 16 de noviembre de 2022.- La Delegada, María Isabel Paredes Serrano.
ANEXO I
Núm.
1
2
3
4
Entidades Solicitantes
Presupuesto
Aceptado
Subvención
Concedida
Porcentaje de
Subvención
4.714,62 €
4.714,62 €
100 %
3.665,63 €
3.655,15 €
99,71 %
3.337,31 €
3.337,31 €
100 %
1.907,04 €
1.907,04 €
100 %
FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE
MUJERES GITANAS (FAKALI)
ASOCIACIÓN DE MUJERES
PROGRESISTAS «VICTORIA KENT»
ASOCIACIÓN ALGECIRAS ACOGE
ASOCIACIÓN ANDALUCÍA POR LA
ENSEÑANZA PÚBLICA
ANEXO II
ENTIDADES SOLICITANTES
00272855
ASOCIACIÓN MARROQUÍ PARA LA
INTEGRACIÓN DE INMIGRANTES
MOTIVO DE EXCLUSIÓN
No presentar el Anexo II (art. 17.4.a), de las bases reguladoras
de estas subvenciones de la Orden de 15 de abril de 2011, BOJA
núm. 95, de 17.5.2011)
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja