Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/231-36)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de méritos para la cobertura del puesto de cargo intermedio de Jefe/a de Servicio de Gestión y Servicios en el Hospital Regional Universitario de Málaga (Ref. 6353).
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Número 231 - Jueves, 1 de diciembre de 2022

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establecidas y en el contexto de los objetivos generales de la organización y los propios
de cada centro. Impulsar la planificación y organización de las actividades formativas
del centro. Realizar las convocatorias de actividades formativas previstas y difundirlas
por los distintos medios disponibles. Seleccionar, cuando proceda, al alumnado de las
actividades formativas conforme a los criterios establecidos. Tramitar las autorizaciones
de actividades de formación continuada, nombramientos docentes, listas de asistentes,
certificados de asistencia a través de la Plataforma Corporativa para la Gestión de la
Formación Continuada. Controlar, administrar y gestionar el presupuesto para la formación
continuada, con los órganos contables y ante la unidad económico-administrativa
correspondiente. Responsabilizarse de los medios audiovisuales y materiales docentes
de los que disponga el centro, así como de su óptima utilización. Gestionar las propuestas
de asistencia a actividades de formación externa conforme a los criterios establecidos y
elevarlas a la Dirección del Centro para su autorización.
d) Establecer criterios para evaluar la transferencia de la formación del desempeño
profesional en el puesto de trabajo, de acuerdo con la metodología de evaluación que
se establezca en el marco de la Estrategia de las Políticas de Formación del Sistema
Sanitario Público de Andalucía. Responsabilizarse de que se lleve a cabo la evaluación
de todo el proceso formativo, debiendo incorporar en dicho proceso la evaluación de la
transferencia de dicha formación en el desempeño del puesto de trabajo.
e) Promover la acreditación de la Unidad de Formación Continuada del centro
conforme al «Programa de Acreditación de Unidades de Centros de Formación
Continuada de Andalucía». Acreditar la Unidad de Formación Continuada.
f) Garantizar que las actividades formativas dirigidas a profesionales sanitarios reúnan
los requisitos exigidos por el «Sistema de Acreditación de Actividades de Formación
Continua de las Profesiones Sanitarias» para ser acreditadas por la Consejería de Salud.
Gestionar y tramitar ante la Consejería de Salud y Consumo la acreditación de aquellas
actividades formativas del Plan de Formación susceptibles de acreditación.
g) Proponer a la Dirección del Centro que solicite a los Servicios Centrales la
organización de aquellas actividades formativas que, por su especialización, o por el
perfil profesional al que vayan dirigidas, aconsejen su organización en dicho ámbito.
h) Proponer la designación de los miembros que, junto con la Dirección del Centro o
persona en quien delegue y la Coordinación de Formación Continuada, completarán el
número de representantes del centro, previsto en la Subcomisión constituida en el marco
del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas.
i) Proponer a la Subcomisión de Formación la programación de las actividades
seleccionadas para ser financiadas en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo
de las Administraciones Públicas. Representar a la Unidad de Formación Continuada,
con voz y voto, en la Subcomisión constituida en el marco del Acuerdo de Formación
para el Empleo de las Administraciones Públicas.
j) Participar en la elaboración del contrato programa en lo referente a la definición
de los objetivos de Formación Continuada. Ejercer la interlocución del centro en materia
de Formación Continuada. Cualquier otra función que en relación con la Formación
Continuada del Personal le sea encomendada por la Dirección del Centro.
k) Promover la creación de una Comisión de Formación Continuada de Centro con
representación de cada una de las áreas funcionales cuyo objetivo será la coordinación y
seguimiento de la Estrategia de Formación del Centro.
l) Velar por el cumplimiento del marco normativo en materia de los derechos de los
pacientes respecto a la realización de actividades de formación continuada.
m) Contribuir a la identificación de profesionales del centro con especial capacidad
para la docencia en formación continuada. Asegurar que todas las personas que
participan como docentes en el Plan de Formación Continuada estén inscritas en el
Registro de Docentes del Centro y acrediten su idoneidad para las actividades formativas
seleccionadas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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