3. Otras disposiciones. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/229-84)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público que presta el personal del sector de gestión telefónica del 112, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante el establecimiento de servicios mínimos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Martes, 29 de noviembre de 2022

página 19392/4

A NE XO
SERVICIOS MÍNIMOS (EXPTE. H 74/2022 DGTSSL)
Personal de empresas de asistencia telefónica de emergencias 112:
• Personal de la sala de operaciones regionales: En cada turno el 80% del personal
sobre lo dimensionado previamente.
• Personal de la sala de operaciones provinciales: En cada turno el 50% del personal
sobre lo dimensionado previamente.
•
Personal técnico/administrativo: en cada turno el 50% del personal sobre lo
dimensionado previamente.

00272602

Corresponde a la empresa, con la participación del comité de huelga, la facultad de
designar a las personas trabajadoras que deban efectuar los servicios mínimos, velar por
el cumplimiento de los mismos y la organización del trabajo correspondiente a cada una
de ellas.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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