3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/229-94)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de las medidas de apoyo de la Junta de Andalucía como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19): Ayudas al sector cultural.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Martes, 29 de noviembre de 2022
página 19362/14
Tanto para el requerimiento de subsanación, como para la desestimación de las solicitudes y para
la propuesta y resolución de concesión, la Agencia ha publicado en su web la correspondiente
resolución, a los efectos de sustituir la notificación personal, tal y como se establece en la
convocatoria y en el art. 45 de la PACAP.
Asimismo, hay que señalar que, tanto la instrucción de las solicitudes como la resolución de
concesión se han efectuado siguiendo el orden correlativo de entrada en el registro15 y hasta el
límite de la consignación presupuestaria. En el caso de las solicitudes objeto de subsanación, se ha
considerado como orden de prelación, la fecha en que las solicitudes hayan sido debidamente
subsanadas.
A.11. Conforme a lo previsto en el art. 53 de las BBRR, se han concedido por cada beneficiario los
siguientes importes, sin que se haya detectado que a un mismo solicitante se le haya concedido
más de una subvención por cada una de las líneas reguladas. Por cada beneficiario, la cuantía fija
concedida ha ascendido:
- Línea 1, sin distinción de las modalidades, la cuantía asciende a 3.000€. El desglose de los
beneficiarios y las cuantías asignadas correspondiente a la Línea 1, se muestra en el cuadro nº 1.
- Línea 2, en función de las siguientes características:
•
•
Para salas de teatro, música, flamenco o danza, con aforo superior a 75 localidades hasta
150 localidades, se han concedido 8.000€. Si el aforo excede de 150 localidades, la cuantía
es de 15.000€.
Para las salas de exhibición cinematográfica, se conceden 3.000€ por pantalla de cine que
supere las 75 localidades, con un límite máximo de 30 pantallas por beneficiario.
El cuadro nº 4 muestra el desglose de los beneficiarios y las cuantías asignadas correspondiente a
Línea 2:
Desglose de las Subvenciones Concedidas correspondiente a la Línea 2
15
Registro telemático único de la Administración de la JA o, en el supuesto de que se haya optado por presentar las solicitudes para las
ayudas de la Línea 1, en los lugares previstos en el art. 16.4 de la PACAP.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00272547
Cuantías Concedidas (€)
Nº de Beneficiarios
Total concedido (€)
SALAS DE TEATRO, MÚSICA, FLAMENCO O DANZA
8.000 €
15
120.000
15.000 €
25
375.000
Total general
40
495.000
SALAS DE EXHIBICIÓN CINEMATOGRÁFICA
3.000
3
9.000
12.000
1
12.000
15.000
4
60.000
18.000
2
36.000
21.000
2
42.000
24.000
2
48.000
27.000
1
27.000
42.000
1
42.000
54.000
1
54.000
90.000
1
90.000
Total general
18
420.000
Fuente: Elaboración propia a partir de la información contenida en la
Cuadro nº 4
base de datos de subvenciones de la JA.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Martes, 29 de noviembre de 2022
página 19362/14
Tanto para el requerimiento de subsanación, como para la desestimación de las solicitudes y para
la propuesta y resolución de concesión, la Agencia ha publicado en su web la correspondiente
resolución, a los efectos de sustituir la notificación personal, tal y como se establece en la
convocatoria y en el art. 45 de la PACAP.
Asimismo, hay que señalar que, tanto la instrucción de las solicitudes como la resolución de
concesión se han efectuado siguiendo el orden correlativo de entrada en el registro15 y hasta el
límite de la consignación presupuestaria. En el caso de las solicitudes objeto de subsanación, se ha
considerado como orden de prelación, la fecha en que las solicitudes hayan sido debidamente
subsanadas.
A.11. Conforme a lo previsto en el art. 53 de las BBRR, se han concedido por cada beneficiario los
siguientes importes, sin que se haya detectado que a un mismo solicitante se le haya concedido
más de una subvención por cada una de las líneas reguladas. Por cada beneficiario, la cuantía fija
concedida ha ascendido:
- Línea 1, sin distinción de las modalidades, la cuantía asciende a 3.000€. El desglose de los
beneficiarios y las cuantías asignadas correspondiente a la Línea 1, se muestra en el cuadro nº 1.
- Línea 2, en función de las siguientes características:
•
•
Para salas de teatro, música, flamenco o danza, con aforo superior a 75 localidades hasta
150 localidades, se han concedido 8.000€. Si el aforo excede de 150 localidades, la cuantía
es de 15.000€.
Para las salas de exhibición cinematográfica, se conceden 3.000€ por pantalla de cine que
supere las 75 localidades, con un límite máximo de 30 pantallas por beneficiario.
El cuadro nº 4 muestra el desglose de los beneficiarios y las cuantías asignadas correspondiente a
Línea 2:
Desglose de las Subvenciones Concedidas correspondiente a la Línea 2
15
Registro telemático único de la Administración de la JA o, en el supuesto de que se haya optado por presentar las solicitudes para las
ayudas de la Línea 1, en los lugares previstos en el art. 16.4 de la PACAP.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00272547
Cuantías Concedidas (€)
Nº de Beneficiarios
Total concedido (€)
SALAS DE TEATRO, MÚSICA, FLAMENCO O DANZA
8.000 €
15
120.000
15.000 €
25
375.000
Total general
40
495.000
SALAS DE EXHIBICIÓN CINEMATOGRÁFICA
3.000
3
9.000
12.000
1
12.000
15.000
4
60.000
18.000
2
36.000
21.000
2
42.000
24.000
2
48.000
27.000
1
27.000
42.000
1
42.000
54.000
1
54.000
90.000
1
90.000
Total general
18
420.000
Fuente: Elaboración propia a partir de la información contenida en la
Cuadro nº 4
base de datos de subvenciones de la JA.