3. Otras disposiciones. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/228-23)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público prestado por la empresa Clece, S.A., concesionaria del servicio público de ayuda a domicilio, en los municipios de Montoro, Doña Mencía, Rute y La Rambla (Córdoba) mediante el establecimiento de los servicios mínimos.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 228 - Lunes, 28 de noviembre de 2022

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de huelga, así como a los Ayuntamientos de Montoro, Doña Mencía, Rute y La Rambla,
en calidad de titulares del servicio, a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia
y al Instituto Provincial de Bienestar Social, al objeto de ser oídas con carácter previo y
preceptivo a la fijación de los servicios mínimos necesarios y el fin último de consensuar
dichos servicios. La empresa y el Ayuntamiento de Rute han remitido su propuesta de
servicios mínimos por correo electrónico. No comparecen, ni han remitido propuesta los
Ayuntamientos de Doña Mencía, La Rambla y Montoro. Durante la reunión, los asistentes
presentan sus respectivas propuestas de servicios mínimos, que son las siguientes:
- Propuesta del sindicato convocante: En la misma convocatoria de huelga se propone
como servicios mínimos «como se trata de días de huelga alternos proponemos que los
servicios mínimos sean los mismos que se establecen para domingos o festivos». En el
acta de la reunión que tuvo lugar el 16 de noviembre al objeto de consensuar los servicios
mínimos consta que a preguntas de la Administración, la representación de la parte social
manifiesta que el horario de la huelga se ha pensando para que ninguno de los usuarios
de Grado III quede desasistido. También que en Doña Mencía en festivos trabajan tres
personas que atienden a cinco o seis usuarios de Grado III durante media hora a cada
persona, con o sin familiares. Asimismo en Montoro el servicio en día festivo consiste
en una hora por persona que no tenga un familiar y sea de Grado III. En La Rambla
no se prestan servicios en festivos al ser atendidos por familiares. Se añade finalmente
que los paros propuestos por la representación de los trabajadores (de 11 a 13 horas)
no afectan al servicio fundamental que comprende levantar, alimentar asear y acostar a
los usuarios ya que en ese horario las labores que se realizan son de acompañamiento,
paseo y labores domésticas.
- Propuesta de la empresa: Los servicios mínimos que deben asignarse «se
corresponde con el 100% de la plantilla de atención personal a personas en situación de
dependencia que requieran ayuda en las actividades básicas de la vida diaria: levantarse,
acostarse, comer y asearse».
- Propuesta del Ayuntamiento de Rute: «Solicita que se garanticen todos los servicios
de atención personal que se les presta a las personas dependientes de nuestra localidad,
sin que eso suponga una merma del derecho de huelga».
- Propuesta efectuada por la Delegación Territorial de Inclusión social, Familias e
Igualdad en Córdoba (Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía):
Atención a personas con Grado III Gran Dependencia: El 60% de los servicios que
se prestan en situación de normalidad, en razón a las excepcionales circunstancias de
este colectivo.
Atención a personas con Grado II Dependencia severa: El 60% de los servicios que
se prestan en situación de normalidad, en razón a las excepcionales circunstancias de
este colectivo.
Atención a personas con Grado I Dependencia Moderada: El 40% de los servicios
que se prestan en situación de normalidad, en razón a las excepcionales circunstancias
de este colectivo.
Debiendo quedar en todo caso garantizado el aseo personal, alimentación y
medicación así como las tareas de cuidados especiales.
El Instituto Provincial de Bienestar Social se suma a la propuesta de la Agencia.

Primera. El servicio público afectado por la convocatoria de huelga, esto es, la ayuda
a domicilio a personas dependientes. Este servicio que atiende a personas con falta de
autonomía personal debe garantizar la prestación de los servicios sanitarios, de aseo
personal, alimentación y medicación, así como las tareas de cuidados especiales. El
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Vistas las propuestas, la Delegación Territorial de esta Consejería en Córdoba
procede a elaborar la correspondiente propuesta de regulación de servicios mínimos,
que eleva a esta Dirección General en fecha 21 de noviembre de 2022, que se considera
adecuada en base a los siguientes criterios: