3. Otras disposiciones. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/228-22)
Resolución de 11 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Cádiz, sobre concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades sin ánimo de lucro beneficiarias para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, mediante la aplicación de medidas de compensación educativa de las desigualdades, curso 2022/2023, al amparo de la Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95, de 17.5.2011) y de la Resolución de 23 de junio de 2022 (BOJA núm. 126, de 4.7.2022).
20 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 228 - Lunes, 28 de noviembre de 2022

página 19175/4

Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de la
Junta de Andalucía en la Provincia de Cádiz, por delegación de la Consejera de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía, y por tanto,
RESU ELV E

CEAIN (CIF: G11672839).
* Finalidad:
-
Prevención del absentismo escolar y apoyo a al integración socioeducativa,
desarrollando actuaciones de mediación familia-escuela, con intervenciones
socio-familiares; colaborando con los centros educativos y realizando actuaciones
educativas complementarias de apoyo escolar.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00272381

1. Considerar como beneficiarias a las entidades sin ánimo de lucro relacionadas en
el Anexo I adjunto y con las correspondientes cuantías que figuran en el mismo para
la ejecución de los proyectos de prevención, seguimiento y control del absentismo
escolar, curso escolar 2022-2023. De acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de
las Bases Reguladoras, aprobadas por la Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95,
de 17.5.2011), y en el apartado 24 del correspondiente cuadro resumen para dichas
ayudas, se procederá a abonar la totalidad de la subvención concedida en un único pago
anticipado del 100%, con justificación diferida, mediante las consiguientes transferencias
a las cuentas bancarias de las entidades beneficiarias de la subvención a cargo de la
partida presupuestaria presupuestaria 120002/0000/G/42F/48100/11/01, del ejercicio
económico del año 2022.
2. Denegar la ayuda, por no cumplir los requisitos establecidos en la bases
reguladoras, a las entidades sin ánimo de lucro relacionadas en el Anexo II adjunto.
3. De acuerdo con lo recogido en la orden citada, las entidades que figuran en el
Anexo I llevarán a cabo en sus proyectos actividades que tendrán como objeto la
consecución de aspectos relacionados con la prevención, seguimiento y control del
absentismo escolar en centros docentes sostenidos con fondos públicos. Para ello, se les
ha concedido una subvención, que figura como presupuesto aceptado en el citado anexo
y, con ese fin, realizarán actuaciones encaminadas a la promoción de las siguientes
medidas, tal como queda recogido en el apartado 2.a) del cuadro resumen de las bases
reguladoras para esta línea de subvención (pág. 148, del BOJA de 17.5.2011):
• Mediación familia-escuela.
• Organización de actividades de apoyo educativo, culturales, deportivas o de ocio
para la ocupación y formación en el tiempo libre, que repercutan en la asistencia regular
del alumnado a los centros.
• Colaboración con los centros docentes, servicios educativos y entidades del entorno
para coordinarse en el seguimiento escolar del alumnado, estableciendo procesos de
acompañamiento tutorizado en los casos que sean necesarios.
• Organización de actividades para la recogida, en el barrio o en la casa, del alumnado
de estas características con el fin de facilitar su incorporación diaria al centro escolar.
• Organización de actividades de acogida y adaptación al centro educativo en la
incorporación del alumnado que haya permanecido sin escolarizar o con alto índice de
absentismo.
• Seguimiento del alumnado absentista de Educación Primaria en el proceso de
matriculación e incorporación a la Educación Secundaria Obligatoria, así como su
continuidad hasta el final de la etapa educativa.
• Organización de actividades dirigidas a la preparación de las familias en la educación
de los hijos e hijas.
4. Las distintas entidades, objeto de subvención, llevarán a cabo las siguientes actuaciones: