Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/227-2)
Orden de 21 de noviembre de 2022, por la que se fija una cuantía adicional a la prevista en la Orden de 25 de enero de 2022, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2022 de subvenciones a la Medida 13: Pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, al amparo de la Orden de 14 de abril de 2016.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 227 - Viernes, 25 de noviembre de 2022

página 19036/2

RESU ELVO
Primero. Dar publicidad con carácter previo a la resolución de concesión y en los
mismos medios que la convocatoria, al aumento del crédito disponible inicialmente para
la convocatoria 2022, y en virtud de lo establecido en el artículo 10.d) del Reglamento
de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta
de Andalucía, fijar una cuantía adicional a la consignada en el resuelvo octavo de
la Orden de 25 de enero de 2022, por la que se efectuó la convocatoria para el año
2022 de subvenciones a la Medida 13: Pagos a zonas con limitaciones naturales u otras
limitaciones específicas, por un importe de 1.100.000,00 euros, ascendiendo la cuantía
total del crédito disponible para la citada convocatoria a 16.029.765,10 euros, con la
siguiente distribución por partidas presupuestaria:
Medida

Operación
Ejercicio
13.1.1. Pago compensatorio por ha de SAU
2022
Medida 13:
en zonas montañosas
2023
Pagos a zonas
13.2.1. Pago compensatorio por ha de SAU
2022
con limitaciones
en otras zonas con limitaciones
2023
naturales u otras
naturales significativas
limitaciones
13.3.1. Pago compensatorio por ha de SAU
2022
específicas
en zonas con limitaciones específicas
2023

Posición presupuestaria
1300110000/G/71F/77400/C14A1311NG
1300110000/G/71F/77400/C14A1311NG
1300110000/G/71F/77400/C14A1321NG
1300110000/G/71F/77400/C14A1321NG

Dotación
10.350.000,00
472.754,82
4.300.000,00
192.057,60

1300110000/G/71F/77400/C14A1331NG
1300110000/G/71F/77400/C14A1331NG

702.000,00
12.952,68

La dotación presupuestaria para las actuaciones objeto de convocatoria quedará,
en todo caso, condicionada a la aprobación por la Comisión Europea de la versión
12 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 y a la disponibilidad
presupuestaria existente.
Segundo. Efectos.
La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y será de aplicación a todas aquellas solicitudes
correspondientes a la campaña 2022.
Sevilla, 21 de noviembre de 2022
CARMEN CRESPO DÍAZ

00272259

Consejera de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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