Autoridades y personal. Universidades. (2022/226-56)
Resolución de 17 de noviembre de 2022, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir dos plazas de personal laboral fijo de Administración y Servicios Laboral de la Universidad de Cádiz, mediante turno libre y por el procedimiento de consolidación de efectivos, de la categoría de Técnico Auxiliar de Laboratorio de la Universidad de Cádiz.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 226 - Jueves, 24 de noviembre de 2022
página 18955/7
8.6. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento
de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la
presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión
al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo, las inexactitudes
o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas
selectivas, a los efectos procedentes.
8.7. Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad
de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo en
el plazo de dos meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
9. Resultados.
9.1. Tras la realización de cada ejercicio, el Tribunal hará público en la página web del
área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas) el acuerdo con la relación
provisional de calificaciones. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación
en el plazo de cinco días hábiles, a través del Registro Electrónico de la Universidad
de Cádiz o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que
serán resueltas por el tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse
reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
9.2. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público el acuerdo con el
listado provisional de valoración de la fase de concurso de aquellos aspirantes que hayan
superado aquélla pudiendo publicarse simultáneamente a la del resultado del último
ejercicio de la fase de oposición. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación
en el plazo de cinco días hábiles que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo
definitivo. En caso de presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá
automáticamente en definitivo.
9.3. Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público
el acuerdo por el que se publica el listado de aspirantes que han superado el mismo, sin
que su número pueda superar el de plazas convocadas.
9.4. Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los acuerdos
definitivos del tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá interponer
recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
11. Protección de datos y tratamiento de datos de carácter personal.
11.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de
datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00272217
10. La presente convocatoria no constituirá bolsa de trabajo.
Conforme al apartado tercero del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de mayo de
2022, por el que se aprueba la modificación del Plan extraordinario de estabilización y
consolidación de empleo temporal 2021 del PAS, que incluye los Criterios generales que
se aplicarán en las convocatorias de los procesos selectivos en el marco de dicho Plan,
como consecuencia de los distintos procesos selectivos de estabilización y consolidación
no se constituirán bolsas de trabajo ni se integrará a los aspirantes en bolsas de trabajo
ya existentes, sin perjuicio de la aplicación de la normativa de la Universidad en materia
de bolsas de trabajo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 226 - Jueves, 24 de noviembre de 2022
página 18955/7
8.6. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento
de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la
presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión
al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo, las inexactitudes
o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas
selectivas, a los efectos procedentes.
8.7. Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad
de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo en
el plazo de dos meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
9. Resultados.
9.1. Tras la realización de cada ejercicio, el Tribunal hará público en la página web del
área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas) el acuerdo con la relación
provisional de calificaciones. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación
en el plazo de cinco días hábiles, a través del Registro Electrónico de la Universidad
de Cádiz o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que
serán resueltas por el tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse
reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
9.2. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público el acuerdo con el
listado provisional de valoración de la fase de concurso de aquellos aspirantes que hayan
superado aquélla pudiendo publicarse simultáneamente a la del resultado del último
ejercicio de la fase de oposición. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación
en el plazo de cinco días hábiles que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo
definitivo. En caso de presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá
automáticamente en definitivo.
9.3. Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público
el acuerdo por el que se publica el listado de aspirantes que han superado el mismo, sin
que su número pueda superar el de plazas convocadas.
9.4. Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los acuerdos
definitivos del tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá interponer
recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
11. Protección de datos y tratamiento de datos de carácter personal.
11.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de
datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00272217
10. La presente convocatoria no constituirá bolsa de trabajo.
Conforme al apartado tercero del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de mayo de
2022, por el que se aprueba la modificación del Plan extraordinario de estabilización y
consolidación de empleo temporal 2021 del PAS, que incluye los Criterios generales que
se aplicarán en las convocatorias de los procesos selectivos en el marco de dicho Plan,
como consecuencia de los distintos procesos selectivos de estabilización y consolidación
no se constituirán bolsas de trabajo ni se integrará a los aspirantes en bolsas de trabajo
ya existentes, sin perjuicio de la aplicación de la normativa de la Universidad en materia
de bolsas de trabajo.