Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/226-2)
Orden de 14 de noviembre de 2022, por la que se convocan para 2022, las ayudas previstas en la Orden de 28 de septiembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a inversiones en medidas preventivas destinadas a reducir las consecuencias de desastres naturales, adversidades climáticas y catástrofes probables, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (submedida 5.1).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 226 - Jueves, 24 de noviembre de 2022

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2. La información asociada al procedimiento de ayudas dirigidas a inversiones
preventivas destinadas a reducir las consecuencias de desastres naturales, adversidades
climáticas y catástrofes probables está disponible en el código de procedimiento 24997,
en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica
general de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24997.html
Segundo. Solicitudes.
Las solicitudes de ayuda se presentarán ajustándose al formulario, conforme al
modelo establecido en el Anexo I.
Tercero. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses, a contar desde el día
siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto
previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones. Cuando durante el plazo de presentación una persona interesada
presente varias solicitudes de ayuda, se considerará que la última presentada en plazo
anula a todas las anteriores.
Cuarto. Personas beneficiarias.
Podrán ser beneficiarios de esta línea de ayuda las personas físicas o jurídicas y
entidades con personalidad jurídica, comunidades de bienes, agrupaciones de ganaderos
y cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad
jurídica, titulares de unidades productivas inscritas en el Registro de Explotaciones
Ganaderas de Andalucía de las especies y clasificaciones zootécnicas que se determinan
en el Anexo VI.
En el caso de inversiones en pastos comunales, podrán ser beneficiarios los titulares
de animales localizados o que hayan estado localizados en el código REGA del pasto
comunal, siempre y cuando sean al menos titulares de una unidad productiva inscritas en
el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía de las especies y clasificaciones
zootécnicas que se determinan en el Anexo VI.
Quinto. Objeto.
Apoyo a las inversiones y gastos necesarios para reducir y prevenir las consecuencias
que las situaciones de sequía puedan ocasionar en las explotaciones agrarias de
Andalucía, y en concreto, en las explotaciones ganaderas.
Sexto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 28 de septiembre de 2022, por la
que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen
de concurrencia competitiva, dirigidas a inversiones en medidas preventivas destinadas a
reducir las consecuencias de desastres naturales, adversidades climáticas y catástrofes
probables, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022
(submedida 5.1), (BOJA número 192, de 5 de octubre de 2022).

Octavo. Plazo máximo para resolver.
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento será de
seis meses y se computará a partir del día siguiente al de finalización del plazo para
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Séptimo. Importe máximo por beneficiario.
La subvención consistirá en una ayuda directa. La intensidad de la ayuda con carácter
general será del 80% de la inversión subvencionable, siendo la cuantía máxima de la
subvención: 20.000,00 euros por beneficiario.