5. Anuncios. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/226-108)
Anuncio de 21 de noviembre de 2022, del Consorcio de Transporte Metropolitano del Campo de Gibraltar, sobre publicación de bases y convocatoria de Oferta de Empleo Público extraordinaria de estabilización del personal temporal de larga duración.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 226 - Jueves, 24 de noviembre de 2022

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Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.
1. Las personas interesadas en participar en el proceso de selección deberán
reunir todos y cada uno de los requisitos y condiciones exigidas, referidos a la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la fecha
de la toma de posesión del puesto/ contratación como personal fijo, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en la misma.
2. Los requisitos exigidos para el acceso a la condición de personal laboral fijo, en la
categoría profesional convocada, son los siguientes:
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los Estados miembros
de la Unión Europea. El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00272226

de aplicación a las sociedades mercantiles públicas, entidades públicas empresariales,
fundaciones del sector público y consorcios del sector público».
Los estatutos vigentes del Consorcio, aprobados en Consejo de Gobierno y
publicados en BOJA núm. 149, de 5 de agosto de 2019, disposición transitoria segunda,
determinan lo siguiente: «Se considera personal propio del Consorcio el que estuviese
contratado por el mismo a 31 de diciembre de 2014. Este personal propio del Consorcio
se regirá por la legislación laboral vigente».
De conformidad con lo expuesto, en la actual plantilla de personal del Consorcio
de Transporte Metropolitano del Campo de Gibraltar, existen 2 plazas ocupadas por
personal laboral con carácter temporal, mediante contrato de interinidad, que están
siendo ocupadas con anterioridad a 1 de enero de 2016 de forma continuada, cuya
regularización no supone incremento de gastos ni de efectivos, por lo que son de
aplicación las disposiciones adicionales sexta y séptima anteriormente referidas, en
cuanto a la celebración de una convocatoria con carácter excepcional de estabilización
de empleo de larga duración.
Mediante Decreto 90/2022, de 31 de mayo, de la Consejería de Turismo, Regeneración,
Justicia y Administración Local, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para
la estabilización del empleo temporal en las entidades instrumentales y consorcios del
sector público andaluz para el año 2022, y a efectos de dar cumplimiento a la nueva
regulación estatal de carácter básico, se han incluido las plazas correspondientes a esta
entidad instrumental.
En fecha 18 de mayo de 2022, el Consejo de Administración del Consorcio, ha
aprobado la Oferta de Empleo Público extraordinario de estabilización del personal
temporal laboral de larga duración del Consorcio de Transporte Metropolitano del Campo
de Gibraltar para el año 2022.
3. La información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas que
participen en el procedimiento o a las interesadas en el mismo, se expondrá al público
en la web del CTMCG (www.ctmcg.es), así como en el tablón de anuncios del mismo,
situada en la planta primera de la estación de autobuses San Bernardo en Algeciras.
4. Las presentes bases y convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía, en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía
https://juntadeandalucia.es/organismos/sobre-junta/funcionamiento/ofertas-empleo.html
y en la página web del Consorcio.
5. De conformidad con lo previsto en el artículo 61.6 del TREBEP y en las disposiciones
adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, el sistema selectivo para
la provisión de las plazas contempladas en el Anexo I, será el de concurso de méritos.
6. La convocatoria garantizará el cumplimiento de los principios de libre concurrencia,
igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
7. Las presentes bases vincularán a la Administración, a los tribunales que han de
valorar los méritos y a quienes participen en el concurso de méritos, y solo podrán ser
modificadas con sujeción estricta a las normas de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.