3. Otras disposiciones. Consejería de Política Industrial y Energía. (2022/225-60)
Resolución de 9 de noviembre de 2022, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se aprueban los planes generales de inspección en el área de industria para el bienio 2023-2024.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 225 - Miércoles, 23 de noviembre de 2022

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de abril, y Real Decreto 656/2017, de 23 de junio) en el caso de que dicho Reglamento
resulte aplicable.
Alcance: Mediante este Programa se pretende realizar las inspecciones y
comprobaciones de diez (10) industrias y establecimientos existentes en Andalucía.
El informe contendrá un completo análisis del estado de situación acerca del
cumplimiento del Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban
medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que
intervengan sustancias peligrosas, con el detalle de las industrias o establecimientos
afectados, su nivel, sustancias peligrosas, etc. Así como, en su caso, el análisis relativo
del estado de situación acerca del cumplimiento del Reglamento de almacenamiento
de productos químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (Real Decreto
668/1980, de 8 de febrero, Real Decreto 379/2001, de 6 de abril, y Real Decreto 656/2017,
de 23 de junio).

PLAN 5: PLAN DE CONTROL DE PUESTA EN MERCADO DE PRODUCTOS
INDUSTRIALES.
La finalidad de este Plan 5 reside en hacer efectiva la vigilancia y control de
determinados productos industriales puestos en el mercado, y que están sometidos
al cumplimiento de Reglamentos y normativa de seguridad o de otro tipo, como el
Reglamento (UE) núm. 305/2011 del Parlamento y el Consejo, de 9 de marzo de 2011, por
el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de
la construcción y se deroga la Directiva 89/106/CEE del Consejo. Se verificará mediante
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00272024

Programa núm. 4.- Inspección de instalaciones sujetas a especiales disposiciones
reglamentarias.
4.1.- Instalaciones frigoríficas.
Objeto: Constituye el objeto de este Programa la inspección de instalaciones
frigoríficas que se encuentren ubicadas preferentemente en establecimientos no
industriales, de acuerdo con los requisitos técnicos del reglamento de seguridad de
instalaciones frigoríficas aplicable según su fecha de instalación.
Alcance: Con este Programa se realizarán ochenta y ocho (88) inspecciones en
toda Andalucía. Cada Delegación determinará los establecimientos a inspeccionar en su
provincia, por indicación de zonas geográficas o de establecimientos concretos.
4.2.- Instalaciones de equipos a presión.
Objeto: Constituye el objeto de este Programa la inspección de instalaciones de
equipos a presión instaladas en cualquier tipo de establecimiento, de acuerdo con los
requisitos técnicos del reglamento de seguridad de equipos a presión aplicable según su
fecha de instalación.
Alcance: Con este Programa se realizarán cincuenta (50) inspecciones en toda
Andalucía. Cada Delegación determinará las instalaciones a inspeccionar en su provincia,
por indicación de zonas geográficas o de establecimientos concretos.
4.3.- Ascensores.
Objeto: Constituye el objeto de este Programa la inspección de las instalaciones
de ascensores en funcionamiento en edificios de viviendas, comerciales o industriales,
conforme a la normativa que le sea de aplicación.
Alcance: Con este Programa se realizarán cuatrocientas cuarenta (440) inspecciones
en toda Andalucía. Cada Delegación determinará las zonas geográficas y/o edificios a
inspeccionar en su provincia, bien por indicación de zonas geográficas o de edificios
concretos.
En las cuatrocientas cuarenta inspecciones se llevarán a cabo las inspecciones
técnicas y documentales correspondientes al Reglamento de aparatos de elevación
y manutención de los mismos. Las inspecciones se practicarán de acuerdo a sus
respectivos Protocolos de inspección.