3. Otras disposiciones. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/225-61)
Orden de 12 de noviembre de 2022, por la que que se aprueba la modificación de los estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Granada y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 225 - Miércoles, 23 de noviembre de 2022

página 18786/2

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso
potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del
día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o interponer,
directamente, el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos
de este orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al
de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, todo ello
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía; los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 12 de noviembre de 2022
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
Consejero de Justicia, Administración Local
y Función Pública

A NE XO
ESTATUTOS DEL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES DE LA PROPIEDAD
INMOBILIARIA DE GRANADA
TÍTULO I
NATURALEZA JURÍDICA Y PERSONALIDAD. RELACIONES CON LA
ADMINISTRACIÓN
ÁMBITO TERRITORIAL. FINES. FUNCIONES

Artículo 2. Relaciones con la Administración.
1. El Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Granada y su provincia
se relacionará, en el ámbito autonómico de Andalucía, y en lo relativo a su régimen jurídico
y aspectos institucionales y corporativos, con la Consejería de Justicia, Administración
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00272008

Artículo 1. Naturaleza jurídica y personalidad.
1. El Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de la provincia de
Granada es una Corporación de Derecho Público amparada por la Ley y reconocida por
el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de
sus fines.
2. Se regirá por los presentes Estatutos y, en lo no previsto en ellos, por el Real
Decreto 1294/2007, de 28 de septiembre, que aprueba los Estatutos Generales de los
Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria y de su Consejo General, así
como por la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales; Ley 10/2003, de
6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía, modificada por
Ley 10/2011, de 5 de diciembre, y Decreto 216/2006, de 12 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Colegios Profesionales de Andalucía; por la Ley 2/2007, de 15
de marzo, de Sociedades Profesionales; Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía.
3. Por secular tradición, el Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de
la provincia de Granada se acoge al patronazgo de Santa Teresa de Jesús.