5. Anuncios. Ayuntamientos. (2022/225-117)
Anuncio de 24 de octubre de 2022, del Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación, de bases y convocatoria del concurso de méritos para la provisión de plazas en las plantillas de personal funcionario y laboral correspondientes a la oferta excepcional de empleo público de estabilización de empleo temporal, enmarcada en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, del Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación. (PP. 2624/2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 225 - Miércoles, 23 de noviembre de 2022

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4. Requisitos de las personas aspirantes.
Para la admisión al presente proceso selectivo, las personas aspirantes deben
poseer al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta
el momento de la toma de posesión o suscripción del contrato, los siguientes requisitos:
1. Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de la posibilidad de participación
de las personas de nacionalidad de otros Estados, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, con el alcance y efectos en
él previstos.
2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
3. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.
5. Poseer la titulación exigida para el cuerpo y escala, grupo/subgrupo, en el caso de
personal funcionario, o grupo económico, en el caso de personal laboral, de conformidad
con lo establecido en el Anexo II.
6. Será requisito para el acceso a las profesiones, oficios y actividades que impliquen
contacto habitual con menores, y para el ejercicio de las mismas, el no haber sido
condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual,
que incluya la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación
sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata
de seres humanos. A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios
o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una
certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
En el caso de que, durante el plazo para presentar la solicitud, la persona aspirante no
tuviera el título oficial ‒por motivo de estar tramitándose su expedición‒, no se considerará
válido estar en posesión solo del certificado de abono de derecho de expedición de
título, sino que es necesario que posea una «Certificación supletoria provisional» del
título oficial, que será emitida por el organismo correspondiente de acuerdo con los
trámites establecidos por el Centro Educativo correspondiente. En el supuesto de estar
en posesión de un título equivalente al exigido o exigidos en la convocatoria, tras la
celebración del proceso selectivo ‒durante el plazo para presentar la documentación
acreditativa del cumplimiento de requisitos‒ la persona aspirante habrá de alegar la
norma que establezca la equivalencia o en su defecto acompañar certificado expedido
por el órgano competente del Centro Educativo que acredite la citada equivalencia.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán
acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial
de homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación
y a nivel académico universitario oficial.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00270178

5. Finalmente, se ha tenido en cuenta lo dispuesto en la disposición adicional cuarta
de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, en relación a las medidas de agilización de los
procesos selectivos.