3. Otras disposiciones. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. (2022/224-49)
Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Huelva, por la que se declara la utilidad pública en concreto del proyecto que se cita, en los términos municipales de Gibraleón y Huelva, y se realiza la convocatoria de actas previas a la ocupación. (PP. 2890/2022).
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Número 224 - Martes, 22 de noviembre de 2022

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parcela se encuentra cedida mediante contrato de arrendamiento a las entidades
Energías Renovables de Gladiateur 49, S.L., y Energías Renovables de Gladiateur 50,
S.L., con la finalidad de implantar dos instalaciones fotovoltaicas. De llevarse a cabo la
declaración de utilidad pública resultaría sumamente perjudicial para dicha sociedad,
ya que podría implicar que las compañías considerasen no viables los terrenos para la
implantación de sus proyectos dando por terminado el contrato de arrendamiento, lo que
supondría un grave perjuicio económico para la entidad, ya que se trata de un contrato
de larga duración con un plazo máximo de 40 años. De este modo la valoración de la
afección de los terrenos hay que considerarla desde una doble perspectiva, de un lado la
valoración de la afección para la propiedad de la finca, y de otro el valor de los terrenos
para la parte arrendataria.
Habiendo dado traslado de las alegaciones a la entidad beneficiaria, ésta remite
contestación manifestando que:
- La planta fotovoltaica «Los Machos» finalizó la información pública de su proyecto
en abril de 2021, habiéndose presentado su solicitud en julio de 2019, con bastante
anterioridad a las de las compañías Energías Renovables de Gladiateur 49, S.L., y
Energías Renovables de Gladiateur 50, S.L., debiendo anteponerse los intereses de
Ralos a los del proyecto Marismas II.
- Según ha tenido conocimiento, el contrato referido por la alegante otorga a dichas
entidades un derecho de opción de constitución de un derecho de superficie, no éste
directamente, sin embargo Ralos dispone de los correspondientes derechos reales sobre
los terrenos en los que se ubicará la planta Los Machos debidamente inscritos en el
Registro de la Propiedad.
- Por lo que respecta a la valoración de los terrenos, una vez declarada la utilidad
pública solicitada, se iniciará el preceptivo expediente expropiatorio, en el que se
convocará a los afectados al levantamiento de actas previas a la ocupación donde se
pormenorizarán las afecciones y daños, determinándose posteriormente la valoración y
el justiprecio.
Por tanto se desestiman las alegaciones formuladas por el representante de la
entidad Los Alcores de Huelva, S.L.
4. Con fecha 7 de abril de 2021, las entidades Energías Renovables de Gladiateur 49,
S.L., y Energías Renovables de Gladiateur 50, S.L., formulan alegaciones por medio de
su representante, en las que, en síntesis, pone de manifiesto:
- Que son titulares de las instalaciones fotovoltaicas Marismas I y Marismas II, estando
en tramitación sus autorizaciones administrativas, que se implantan en dos fincas cuyo
contrato de arrendamiento ya ha sido formalizado con sus propietarios, afectando la línea
de evacuación de la planta fotovoltaica «Los Machos» a las antedichas fincas. La planta
Marismas I se ve afectada indirectamente, en la superficie contemplada como de reserva
para futuras ampliaciones de potencia o readaptación del diseño. Sin embargo, sobre
Marismas II si se produce una afección directa de vuelo y ubicación de tres apoyos en la
parcela 9 del polígono 28 en la que se tiene previsto la implantación de esta última planta
que se vería considerablemente reducida en su potencia, con más de 4.000 módulos
afectados.
- Que Marismas I y Marismas II responden a un proyecto conjunto, cuya viabilidad
económica se ha evaluado teniendo en cuenta la potencia conjunta de las dos partes que
lo integran, por lo tanto se debe entender como una afección conjunta; si se produce una
bajada de la potencia de la instalación como consecuencia de la declaración de utilidad
pública de la línea de evacuación de la planta Los Machos, provocaría la inviabilidad del
desarrollo de las instalaciones fotovoltaicas Marismas I y Marismas II con el consecuente
grave perjuicio económico para las dos entidades promotoras.
- Proponen una modificación del trazado de la línea de evacuación del parque solar
Los Machos, que evitaría la afección al parque fotovoltaico Marismas II, y en caso de que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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