Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/224-2)
Orden de 10 de noviembre de 2022, por la que se establece la convocatoria de las ayudas al control lechero oficial en la Comunidad Aútonoma de Andalucía para el ejercicio 2023, al amparo de la previsto en el Real Decreto 368/2005, de 8 de abril, por el que se regula el control oficial del rendimiento lechero para la evaluación genética de las especies bovina, ovina y caprina.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 224 - Martes, 22 de noviembre de 2022

página 18659/2

Alimentación en Conferencia Sectorial, así como con cargo a los créditos disponibles de
la propia Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
Por lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a la convocatoria de
estas ayudas para el ejercicio 2023, y en su virtud y en ejercicio de la competencia que
me confiere el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,
RESUELVO
Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
1. La presente orden tiene como objeto establecer, en régimen de concurrencia no
competitiva, la convocatoria para el año 2023 de las ayudas destinadas a las actividades
del control lechero oficial en la Comunidad Autónoma de Andalucía, previstas en el
artículo 19 del Real Decreto 368/2005, de 8 de abril, por el que se regula el control oficial
del rendimiento lechero para la evaluación genética en las especies bovina, ovina y
caprina, y que constituyen sus bases reguladoras.
2. La información asociada al procedimiento de ayudas destinadas a las actividades
del control lechero oficial en la Comunidad Autónoma de Andalucía está disponible
en el código de procedimiento 10940, a través del siguiente enlace del Catálogo de
Procedimientos y Servicios de la sede electrónica general de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/10940

Tercero. Definiciones.
A los efectos de la presente orden serán de aplicación las definiciones previstas en el
artículo 2 del Real Decreto 368/2005, de 8 de abril, y en particular:
a) Control oficial del rendimiento lechero: Conjunto de actuaciones cuyo objetivo
es la evaluación genética de los reproductores de las especies bovina, ovina y caprina
de aptitud lechera para mejorar las producciones lácteas y que consistirá en la
comprobación sistemática de la cantidad de leche producida y de sus componentes, así
como la recogida de otra información de validez, para su incorporación a los esquemas
de selección aprobados para las diferentes razas.
b) Lactación finalizada y válida: A los efectos del cobro de las subvenciones previstas
en el citado real decreto, lactación calculada a partir del conjunto de datos normalizados
obtenidos del control lechero oficial de una hembra inscrita en el libro genealógico, sin
perjuicio de lo previsto en la disposición transitoria tercera, conforme a los anexos de
este real decreto, por un período de tiempo continuo tras el parto, y cuya información será
válida para incorporar al esquema de selección.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00271880

Segundo. Régimen jurídico.
Las ayudas reguladas en la presente orden se rigen por lo establecido en las normas
básicas de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo
con su disposición final primera; texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo; Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sin perjuicio de su carácter supletorio en
el resto de sus disposiciones; Real Decreto 368/2005, de 8 de abril, por el que se regula el
control oficial del rendimiento lechero para la evaluación genética de las especies bovina,
ovina y caprina y demás normas concordantes en materia de subvenciones públicas;
Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo.