5. Anuncios. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/224-86)
Anuncio de 17 de noviembre de 2022, del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga, sobre publicación de bases de la convocatoria de Oferta de Empleo Público.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 224 - Martes, 22 de noviembre de 2022

página 18686/3

Tercera. Solicitudes, tasa y plazo de presentación.
1. Las solicitudes de participación se ajustarán al modelo oficial publicado como
Anexo III de solicitud de las Bases.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a
partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía, e irán dirigidas a la persona titular que ostente la Presidencia del
CTMAM, pudiendo ser, presentación en el Registro General de la sede del Consorcio o
presentación electrónica.
La presentación electrónica se realizará mediante el acceso desde la página web del
Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga (www.ctmam.es).
Las solicitudes que se presenten a través de oficinas de Correos, deberán ir en sobre
abierto para ser fechadas y selladas por el personal funcionario de Correos antes de ser
certificadas.
Las solicitudes suscritas en el extranjero, podrán cursarse en el plazo expresado
anteriormente a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, que las remitirán al CTMAM.
3. Las personas participantes quedarán vinculadas por los datos expresados en la
solicitud, sin que puedan efectuar modificación alguna en la misma una vez finalizado el
plazo de presentación recogido en el apartado anterior, debiéndose consignar la Clave o
Código correspondiente a la Categoría Profesional a la que se aspira, tal y como se cita
en la Base Primera, apartado 1, de las presentes Bases.
4. Quienes deseen participar deberán hacer efectiva una tasa de inscripción, en la
cuantía que se indica a continuación según la categoría a la que se presenta. El plazo
de abono de la citada tasa coincide con el plazo de presentación de la solicitud, es
decir, veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00271909

Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren
con residencia legal en España.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad a que se
refiere el artículo 205.1.a) de la Ley General de la Seguridad Social en relación con la
Disposición Transitoria Séptima de la misma norma.
c) Poseer la titulación académica exigida que se detalla, de conformidad a lo
establecido en el Anexo II.
En el caso de que, durante el plazo para presentar la solicitud, la persona aspirante no
tuviera el título oficial -por motivo de estar tramitándose su expedición-, no se considerará
válido estar en posesión solo del certificado de abono de derecho de expedición de título,
sino que es necesario que posea una «Certificación supletoria provisional» del Título
Oficial, que será emitida por el Organismo correspondiente de acuerdo con los trámites
establecidos por el Centro Educativo correspondiente.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán
acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial
de homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación
y a nivel académico universitario oficial.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de
las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las
que desempeñaban en el que hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido
sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos el acceso al empleo público.
e) Haber abonado la correspondiente tasa de inscripción en la convocatoria por cada
categoría profesional a que se aspira, de acuerdo con lo establecido en la Base Tercera.