Autoridades y personal. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/222-5)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se realiza convocatoria para el acceso extraordinario a las bolsas de trabajo de determinadas especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, así como a determinadas bolsas con perfil bilingüe.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Viernes, 18 de noviembre de 2022

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Sexta. Petición de destinos.
Quienes participen en esta convocatoria consignarán en la solicitud al menos una
provincia y, potestativamente, hasta las ocho provincias de la Comunidad Autónoma
de Andalucía en las que deseen ocupar puestos de trabajo para posibles vacantes o
sustituciones. De no consignarse provincia alguna para este fin, la Administración incluirá
de oficio las ocho provincias de Andalucía, por orden alfabético. Quien consigne más de
una provincia estará obligado a aceptar el primer puesto de trabajo que se le adjudique
en cualquiera de ellas. La no incorporación a dicho puesto supondrá la exclusión de la
bolsa, salvo en los supuestos previstos en el artículo 51 de la Orden de 10 de junio de
2020.
No obstante, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional
primera de la Orden de 10 de junio de 2020, el personal que participe en el presente
procedimiento que acredite una discapacidad igual o superior al 33% podrá marcar la
petición de eliminación de las provincias consignadas y señalar las peticiones de centros
y localidades.
Séptima. Valoración de méritos.
La valoración de los méritos del personal solicitante la realizará la Comisión que
figura en el Anexo V, designada al efecto por la persona titular de la Dirección General del
Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, conforme a lo establecido en la Sección
3.ª del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, así como a
lo establecido en la sección 1.ª del Capítulo II del Título IV de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre.
Cada una de las organizaciones sindicales que ostente representación en el ámbito
de la Mesa Sectorial de Educación podrá nombrar una persona que la represente ante la
referida Comisión, como observadora del proceso de valoración de méritos.
En ningún caso se valorará como mérito la documentación presentada como requisito.

Novena. Admisión de aspirantes.
9.1. Listas provisionales.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General del
Profesorado y Gestión de Recursos Humanos dictará resolución por la que se declararán
aprobadas las listas provisionales del personal admitido y excluido, que se publicarán
en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
Las referidas listas incluirán la información relativa a la ordenación, en los términos
establecidos en la base octava, al objeto de que el personal participante compruebe
dicha ordenación y, en el supuesto de exclusión, la causa o causas de la misma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Octava. Ordenación del personal participante.
El personal participante se ordenará de acuerdo con la puntuación obtenida en
aplicación del baremo que figura como Anexo III (Baremo) de la presente convocatoria. En
caso de empate, este se resolverá atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
a) Mayor puntuación en cada uno de los apartados del baremo, en el orden en que
estos aparecen en el mismo.
b) Mayor puntuación en cada uno de los subapartados del baremo, en el orden en
que aparecen en el mismo.
c) De persistir el empate, se procederá a ordenar alfabéticamente a las personas
empatadas, utilizándose como último criterio que su primer apellido comience por la letra
«V» o siguientes, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 13 de enero de
2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se
hace público el resultado del sorteo que determina el orden de actuación de los aspirantes
en las pruebas selectivas que se convoquen a partir de la publicación en el BOJA de la
presente resolución y que se celebren durante el año.