Autoridades y personal. Universidades. (2022/222-29)
Resolución de 11 de noviembre de 2022, de la Universidad de Sevilla, por la que se convocan para su provisión por acceso libre mediante el sistema de concurso-oposición, plazas vacantes, en régimen laboral con carácter fijo, correspondientes a los Grupos I, II, III y IV del Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Viernes, 18 de noviembre de 2022

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c) No serán valorados aquellos Cursos que no tengan suficientemente acreditadas el
número de horas de duración o aquellos Cursos en los que la documentación justificativa
no permita determinar la relación con las funciones a desarrollar en la categoría en la que
se participa.
d) No se valorarán aquellos Cursos cuyos contenidos no sean de aplicación en la actualidad.
e) En el supuesto de que en el Curso se hubieran realizado pruebas calificadas y
éstas no se hubieran superado, no se valorarán como méritos.
f) En ningún caso se valorarán las horas de formación que excedan del límite
establecido por la normativa interna de la Universidad de Sevilla en función del tiempo de
servicios efectivamente prestados en ella
Los Tribunales de Valoración harán públicos en la página web de Recursos Humanos
https://recursoshumanos.us.es, los acuerdos con la calificación provisional de los méritos
de la fase de concurso, desglosando la puntuación obtenida por cada uno de los conceptos
que integran el baremo. Contra dicha publicación, las personas interesadas podrán reclamar
en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación.

8. Documentación para la formalización del contrato.
Al objeto de la formalización del contrato, las personas candidatas seleccionadas
deberán justificar adecuadamente los requisitos establecidos en la base 2 y en los anexos
a esta convocatoria. Para ello dispondrán de un plazo de veinte días naturales, a contar
desde el día siguiente a aquél en que se haga pública la resolución definitiva de personas
aprobadas, mediante la presentación en el Registro General y/o Auxiliar de la Universidad
de Sevilla, de los siguientes documentos:
a) Original del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad
Extranjero, en vigor a la fecha de presentación de la documentación requerida.
b) Original del título académico oficial exigido para el acceso a la plaza, o justificación
acreditativa de haber solicitado y abonado los correspondientes derechos para su
obtención o en su caso, documentación acreditativa de la experiencia laboral equivalente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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7. Calificaciones finales y declaración de personas aprobadas.
Finalizado el plazo de reclamaciones contra la valoración provisional de méritos, los
Tribunales de Valoración procederán a hacer públicas, en la página web de Recursos
Humanos (https://recursoshumanos.us.es) con carácter definitivo, la calificación final,
que vendrá determinada por la por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de
oposición más la fase de concurso.
En caso de empate en la puntuación final, el orden se establecerá atendiendo a la
siguiente prelación:
1.º Puntuación obtenida en la fase de oposición.
2.º Puntuación en la fase de concurso.
3.º Puntuación obtenida en los distintos méritos valorados, según el orden establecido
en las presentes bases.
4.º Mayor experiencia profesional en la base 6.2.1 y por el orden que esta establece.
5.º Sorteo de las dos primeras letras del apellido en orden ascendente por el que se
determinará dicho desempate.
Los Tribunales de Valoración propondrán la resolución definitiva con las personas
seleccionadas al Sr. Rector quien, previa declaración de conformidad y a efectos de
formalización de la contratación que corresponda, dispondrá su publicación definitiva.
Con la finalidad de asegurar la cobertura de las plazas convocadas, en caso de
producirse renuncia o falta de acreditación de los requisitos exigidos en la convocatoria
para la contratación, en la persona propuesta antes de la formalización del contrato,
el Rector requerirá del Tribunal de Valoración la relación complementaria de personas
aspirantes aprobadas para su posible contratación laboral.