3. Otras disposiciones. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/222-48)
Orden de 9 de noviembre de 2022, por la que se implantan las Oficinas Fiscales de las Fiscalías Provinciales de Almería, Cádiz, Huelva y Jaén, y se aprueban inicialmente sus relaciones de puestos de trabajo.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Viernes, 18 de noviembre de 2022

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3. En el caso de que la adscripción al puesto de trabajo no tenga carácter voluntario
y se produzca mediante el proceso de reasignación forzosa, el personal afectado tendrá
las siguientes garantías:
a) No estará obligado a la permanencia de dos años en el puesto de trabajo para
poder tomar parte en un concurso de traslado.
b) No se aplicará la obligación de participar en el primer concurso de traslado que se
convoque a partir del proceso de acoplamiento.
c) Tendrá preferencia para obtener un puesto de trabajo en su centro de destino de
origen en el primer concurso de puestos genéricos en que se oferten plazas en dicho
centro.
4. Una vez concluidos estos procesos, la cobertura de puestos de trabajo se realizará
mediante la forma de provisión prevista en la correspondiente relación de puestos de
trabajo y conforme a los procedimientos previstos en la Ley Orgánica del Poder Judicial
y en el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional
del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicias, aprobado por Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Disposición transitoria segunda. Mantenimiento de retribuciones.
Se mantendrán las retribuciones complementarias fijas que el personal funcionario
de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y
Administrativa y de Auxilio Judicial perciba en el momento de la implantación de cada
Oficina Fiscal de las Fiscalías Provinciales de Almería, Cádiz, Huelva y Jaén, si con
ocasión del proceso de acoplamiento no pudiese ser confirmado ese personal en puestos
de similares características y pasasen a desempeñar un puesto de trabajo genérico con
retribuciones complementarias inferiores.
Disposición transitoria tercera. Guardias.
Se garantiza que el personal funcionario que actualmente realiza el servicio de
guardia lo siga prestando, con las retribuciones correspondientes por tal concepto,
mientras continúe en el puesto adjudicado con el acoplamiento, de tal manera que los
turnos rotatorios que se establezcan incluyan al mismo personal funcionario y con la
misma frecuencia con que actualmente lo desarrollan.
Disposición final primera. Entrada en funcionamiento de las Oficinas Fiscales
correspondientes a las Fiscalías Provinciales de Almería, Cádiz, Huelva y Jaén.
La determinación de la fecha concreta de entrada en funcionamiento de las Oficinas
Fiscales correspondientes a las Fiscalías Provinciales de Almería, Cádiz, Huelva y Jaén,
se delega en el centro directivo competente en materia de oficina judicial y fiscal, y será
fijada por resolución una vez aprobadas definitivamente por el Ministerio de Justicia las
correspondientes relaciones de puestos de trabajo y finalizado el proceso de acoplamiento
del personal de cada oficina fiscal.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.

JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
Consejero de Justicia, Administración Local
y Función Pública

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Sevilla, 9 de noviembre de 2022