Autoridades y personal. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/222-4)
Orden de 14 de noviembre de 2022, por la que se convoca procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Maestros y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Viernes, 18 de noviembre de 2022

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surtir efectos fuera del territorio de esa comunidad porque la persona aspirante haya
optado, en su caso, por presentar su instancia de participación a través de la convocatoria
efectuada por una administración educativa distinta.
Todos los méritos alegados deberán acreditarse mediante copia de los documentos
justificativos, responsabilizándose los participantes expresamente de la veracidad de
la documentación presentada, sin perjuicio de que, en cualquier momento, se pueda
requerir al aspirante los documentos originales de esa documentación para su cotejo.
Cualquier diferencia entre el documento original y su copia conllevará la no validez del
mérito alegado, sin perjuicio de la posible responsabilidad que pueda derivar.
Méritos
1. EXPERIENCIA DOCENTE PREVIA

Puntuación
Máximo 7,0000 puntos

1.1. Por cada año de experiencia docente en la
especialidad del cuerpo a la que opta en centros
públicos.
La fracción de año se computará a razón de
0,0583 puntos por cada mes completo

0,7000 puntos

1.2. Por cada año de experiencia docente en otras
especialidades del mismo cuerpo al que se opta,
en centros públicos.
La fracción de año se computará a razón de
0,0291 puntos por cada mes completo.

0,3500 puntos

1.3. Por cada año de experiencia docente en otras
especialidades de otros cuerpos diferentes al que
se opta, en centros públicos.
La fracción de año se computará a razón de
0,0104 puntos por cada mes completo.

0,1250 puntos

0,1000 puntos

Hoja de servicios expedida por el órgano competente
de la Administración educativa, en la que deberá
indicarse el cuerpo, especialidad, así como la fecha
de toma de posesión y cese.
Cuando los servicios alegados en los epígrafes 1.1,
1.2 y 1.3 hayan sido prestados en centros públicos
dependientes de la Administración educativa en la
que se presenta la instancia para su participación,
serán aportados de oficio por esa administración
educativa de acuerdo con la documentación que
obre en el expediente personal del aspirante.
Cuando los servicios hayan sido prestados en
otras Administraciones educativas, deberán ser
acreditados por el aspirante en la forma señalada en
el párrafo primero.
Certificado emitido por el director del centro educativo
con el Vº. Bº. del Servicio de Inspección Educativa,
en el que debe constar el nivel o etapa educativa
impartida, así como la duración de los servicios
prestados, indicando la fecha de comienzo y fin de los
mismos.
No serán válidas, a efectos de determinar la duración
de los servicios prestados, las referencias a curso
académico si no se especifica su fecha de comienzo
y fin o, en el caso de prestación servicios en los que
exista una solución de continuidad, se haga constar
que los servicios han sido prestados desde una fecha
de inicio hasta el momento de la emisión del certificado
de manera ininterrumpida, salvo que se acompañen de
una copia de la vida laboral del aspirante.
La experiencia en centros que no se encuentren
actualmente en funcionamiento, podrá justificarse
mediante un certificado emitido por el Servicio de
Inspección, de acuerdo con los datos que obren en la
unidad competente.

00271670

1.4. Por cada año de experiencia docente en
especialidades del mismo nivel o etapa educativa
que el impartido por el cuerpo al que se opta, en
otros centros.
La fracción de año se computará a razón de
0,0083 puntos por cada mes completo.

Documentación justificativa

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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