Autoridades y personal. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/222-4)
Orden de 14 de noviembre de 2022, por la que se convoca procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Maestros y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
50 páginas totales
Página
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 222 - Viernes, 18 de noviembre de 2022
página 18448/34
ANEXO I
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS CONVOCANTES
(Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de fecha 2 de noviembre de 2022)
1 Código
2 Descripción
01
Andalucía
02
Aragón
03
Principado de Asturias
04
Illes Balears
06
Cantabria
07
Castilla y León
08
Castilla la Mancha
10
Extremadura
11
La Rioja
12
Madrid
13
Región de Murcia
14
Comunidad Foral de Navarra
15
Comunidad Valenciana
16
Ciudad Autónoma de Ceuta
17
Ciudad Autónoma de Melilla
ANEXO II
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN
Disponible únicamente a través del Portal Web de la Consejería de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional.
ANEXO III
(Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de fecha 2 de noviembre de 2022)
Las personas aspirantes no podrán alcanzar más de 15 puntos por la valoración de
sus méritos.
Únicamente serán baremados aquellos méritos perfeccionados hasta la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin que un mismo mérito pueda ser
valorado en más de un apartado o subapartado del baremo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los
documentos que presenten para su valoración deberán venir traducidos al castellano
o, cuando se presente la instancia para su participación a través de la convocatoria
efectuada por una administración educativa con lengua cooficial, se estará a lo previsto
en la legislación autonómica correspondiente. Deberán traducirse al castellano los
documentos que, redactados en la lengua oficial de una Comunidad Autónoma, deban
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00271670
BAREMO PARA LA VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA INGRESO A LOS CUERPOS
DOCENTES A TRAVÉS DEL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN LA DISPOSICIÓN
TRANSITORIA QUINTA DEL REAL DECRETO 276/2007, DE 23 DE FEBRERO.
BOJA
Número 222 - Viernes, 18 de noviembre de 2022
página 18448/34
ANEXO I
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS CONVOCANTES
(Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de fecha 2 de noviembre de 2022)
1 Código
2 Descripción
01
Andalucía
02
Aragón
03
Principado de Asturias
04
Illes Balears
06
Cantabria
07
Castilla y León
08
Castilla la Mancha
10
Extremadura
11
La Rioja
12
Madrid
13
Región de Murcia
14
Comunidad Foral de Navarra
15
Comunidad Valenciana
16
Ciudad Autónoma de Ceuta
17
Ciudad Autónoma de Melilla
ANEXO II
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN
Disponible únicamente a través del Portal Web de la Consejería de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional.
ANEXO III
(Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de fecha 2 de noviembre de 2022)
Las personas aspirantes no podrán alcanzar más de 15 puntos por la valoración de
sus méritos.
Únicamente serán baremados aquellos méritos perfeccionados hasta la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin que un mismo mérito pueda ser
valorado en más de un apartado o subapartado del baremo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los
documentos que presenten para su valoración deberán venir traducidos al castellano
o, cuando se presente la instancia para su participación a través de la convocatoria
efectuada por una administración educativa con lengua cooficial, se estará a lo previsto
en la legislación autonómica correspondiente. Deberán traducirse al castellano los
documentos que, redactados en la lengua oficial de una Comunidad Autónoma, deban
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00271670
BAREMO PARA LA VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA INGRESO A LOS CUERPOS
DOCENTES A TRAVÉS DEL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN LA DISPOSICIÓN
TRANSITORIA QUINTA DEL REAL DECRETO 276/2007, DE 23 DE FEBRERO.