Autoridades y personal. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/222-4)
Orden de 14 de noviembre de 2022, por la que se convoca procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Maestros y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Viernes, 18 de noviembre de 2022

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supuesto de que la finalización del procedimiento, a través de la resolución por la que se
adjudiquen de manera definitiva las plazas convocadas, se produzca una vez iniciado el
curso 2023/2024, las personas aspirantes seleccionadas quedan obligadas a participar
en los procedimientos de provisión de destinos provisionales previstos en el Decreto
302/2010, de 1 de junio, e incorporarse con fecha de 1 de septiembre de 2024 a las
plazas que les hayan sido adjudicadas en la Administración educativa andaluza.
Decimotercera. Obtención de destino definitivo como personal funcionario de carrera.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto 276/2007, de
23 de febrero, las personas aspirantes que superen el procedimiento selectivo y sean
nombrados personal funcionario de carrera, deberán obtener su primer destino definitivo
en el ámbito de la administración educativa en la que haya superado el procedimiento
selectivo, estando obligado, a estos efectos, a participar en los sucesivos concursos
ordinarios de traslados que las citadas administraciones educativas convoquen, en la
forma que se determinen en sus respectivas convocatorias.
Decimocuarta. No inclusión en las listas de personal interino.
Del procedimiento selectivo convocado por la presente orden, al tratarse de un
concurso de méritos en el que no se ha realizado ninguna prueba selectiva, no se
derivará ningún derecho para el personal aspirante respecto a la integración en las listas
de personal interino de las administraciones educativas convocantes.
Decimoquinta. Recursos.
Contra la presente orden de convocatoria las personas interesadas podrán interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, a
contar desde el día siguiente a la fecha de exposición, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en
reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo
con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 14 de noviembre de 2022
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ

00271670

Consejera de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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