3. Otras disposiciones. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/222-49)
Orden de 11 de noviembre de 2022, por la que se implantan las Oficinas Fiscales de las Fiscalías de Área de Algeciras, Jerez de la Frontera y Marbella y se aprueban, inicialmente, sus relaciones de puestos de trabajo, y por la que se modifica la estructura y la relación de puestos de trabajo de la Oficina Fiscal de Dos Hermanas aprobada por Orden de 28 de octubre de 2016.
20 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Viernes, 18 de noviembre de 2022

página 18505/6

determine en la relación de puestos de trabajo, colaborará en la atención del servicio de
guardia conforme a la normativa reguladora de la materia.
2. Los turnos de guardia serán organizados por la persona titular de la Jefatura de la
Fiscalía de Área.
CAPÍTULO III
Organización de las Oficinas Fiscales de las Fiscalías de Área de Algeciras, Jerez de la
Frontera y Marbella
Artículo 8. Estructura de las Oficinas Fiscales de las Fiscalías de Área de Algeciras,
Jerez de la Frontera y Marbella.
1. Las Oficinas Fiscales de las Fiscalías de Área de Algeciras, Jerez de la Frontera y
Marbella, conforme al modelo fijado por la Fiscalía General del Estado se estructuran en
torno al Responsable de la Coordinación regulado en el artículo 9.
2. La dirección de las Oficinas Fiscales corresponde a la persona titular de la Jefatura
de la Fiscalía de Área, de la que dependerá todo el personal funcionario destinado en la
misma.
3. La prestación de los servicios de la oficina fiscal se realizará conforme a las
instrucciones de las personas titulares de las jefaturas de las Fiscalías de Área y a los
procedimientos recogidos en los manuales y en los protocolos internos de funcionamiento.

Artículo 10. Funciones de la persona Responsable de la Coordinación de la Oficina Fiscal.
Al puesto de Responsable de la Coordinación de la Oficina Fiscal, le corresponden
las siguientes funciones:
a) Apoyar a la persona que ocupe el puesto de jefatura de la Fiscalía de Área en
todos los asuntos relacionados con la organización, gestión, administración, procesos
operativos, calidad, inspección y mejora interna de la Fiscalía.
b) Organizar, gestionar y supervisar en los aspectos técnicos procesales al personal
destinado en la oficina fiscal, ordenando su actividad e impartiendo las instrucciones
procedentes en el ejercicio de su función.
c) Planificar, organizar y coordinar el trabajo de la oficina fiscal, así como mediar y
resolver dudas y conflictos que puedan surgir en relación con la ejecución de las tareas.
d) Proponer a la jefatura de la Fiscalía la aprobación y, en su caso, la actualización
de cuantos protocolos de carácter técnico procesal sean necesarios para el correcto
funcionamiento del servicio.
e) Distribuir el trabajo y configurar los equipos y grupos de trabajo de las diferentes
áreas de la oficina fiscal.
f) Recibir al personal funcionario destinado en la oficina fiscal, dar a conocer sus
principales funciones dentro del equipo que va a formar parte y orientar en su labor inicial.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00271742

Artículo 9. Responsable de la Coordinación de las Oficinas Fiscales.
1. La dirección de la Oficina Fiscal contará con la colaboración de la persona
Responsable de la Coordinación.
2. La persona Responsable de la Coordinación de la Oficina Fiscal pertenecerá al
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y el puesto será cubierto por concurso
específico.
3. La persona que ejerza el puesto de Responsable de la Coordinación, sin perjuicio
de las funciones asignadas al cuerpo de pertenencia, estará encargada de la organización
del trabajo, de la administración y de la gestión del personal, dando cumplimiento a las
instrucciones que reciba de la persona titular de la Jefatura de la Fiscalía de Área, y de
las que, en el ámbito de su competencia, se dicten por el centro directivo competente en
materia de oficina judicial y fiscal.