Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/220-6)
Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se convocan las ayudas previstas en la Orden de 23 de noviembre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo Local Leader en el marco de la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 220 - Miércoles, 16 de noviembre de 2022
página 18221/48
(Página 6 de 6 )
ANEXO VI
INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA CUMPLIMENTACIÓN DEL PRESENTE FORMULARIO (Continuación)
De conformidad con la discrecionalidad que se reconoce a la Administración, de acuerdo con el art. 44 del Real Decreto 939/2005,
de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se establecen los siguientes criterios objetivos a tener
en cuenta en la concesión o denegación del aplazamiento y/ o fraccionamiento, con dispensa de garantía, en el siguiente cuadro de
referencia:
CUADRO DE REFERENCIA PARA SOLICITUD DE APLAZAMIENTO O FRACCIONAMIENTO
PUEDE APLAZARSE/
PUEDE FRACCIONARSE/
GARANTIA
PLAZO MINIMO
PERIODOS
PERIODOS
IMPORTE SOLICITADO
PLAZO MÁXIMO
Menor de 300 €
NO
NO
Entre 300 € y 5.999,99 €
NO
SI / PAGO TOTAL AL AÑO
SI / MENSUAL O TRIMESTRAL
3 MESES Ó 1
TRIMESTRE
12 MESES Ó 4
TRIMESTRES
Entre 6.000 € y 30.000 €
NO
SI / PAGO TOTAL A LOS 2 AÑOS
SI /SÓLO TRIMESTRAL
2 TRIMESTRES
8 TRIMESTRES
Mayor a 30.000 €
SI
SI / PAGO TOTAL A LOS 4 AÑOS
SI /SÓLO TRIMESTRAL
4 TRIMESTRES
16 TRIMESTRES
La administración bajo circunstancias excepcionales podrá: disminuir la cuantía mínima y efectuar la dispensa de garantías.
Efectos de la solicitud de fraccionamiento o aplazamiento: La presentación de una solicitud de aplazamiento o fraccionamiento en
periodo voluntario impedirá el inicio del periodo ejecutivo, pero no el devengo del interés de demora.
Efectos del incumplimiento del fraccionamiento o aplazamiento: En los fraccionamientos de pago concedidos, si llegado el
vencimiento de uno cualquiera de los plazos no se efectuara el pago, se iniciará el procedimiento de apremio para la exacción de la
totalidad de la deuda, con la exigencia del interés de demora devengados a partir del día siguiente al fin del periodo voluntario
hasta la fecha del vencimiento del plazo concedido.
Plazo de resolución: Será de 6 meses. En caso de no dictar Resolución, la solicitud se entenderá desestimada.
6. DOCUMENTACIÓN
Cumplimente en los numerales correspondientes qué documentación presenta efectivamente, en caso de hacerlo.
Los campos relativos a los documentos en poder de la Administración de la Junta de Andalucía o de otras Administraciones, sólo
procederá cumplimentarlos cuando ejerza el derecho a no presentar la documentación referida. En estos casos deberá indicar
toda la información que se le solicita.
7. DECLARACIÓN, SOLICITUD, LUGAR, FECHA Y FIRMA
Deberá declarar que son ciertos cuantos datos figuran en el presente documento, y firmar el formulario.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00271455
004056/A06
DIR3. CÓDIGO DIRECTORIO COMÚN DE UNIDADES ORGÁNICAS.
Con carácter general, este código aparecerá cumplimentado, en caso contrario podrá consultar en las oficinas de asistencia en
materia de registros o bien en esta dirección:
https://ws024.juntadeandalucia.es/ae/directoriocomundeunidadesorganicas
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
Número 220 - Miércoles, 16 de noviembre de 2022
página 18221/48
(Página 6 de 6 )
ANEXO VI
INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA CUMPLIMENTACIÓN DEL PRESENTE FORMULARIO (Continuación)
De conformidad con la discrecionalidad que se reconoce a la Administración, de acuerdo con el art. 44 del Real Decreto 939/2005,
de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se establecen los siguientes criterios objetivos a tener
en cuenta en la concesión o denegación del aplazamiento y/ o fraccionamiento, con dispensa de garantía, en el siguiente cuadro de
referencia:
CUADRO DE REFERENCIA PARA SOLICITUD DE APLAZAMIENTO O FRACCIONAMIENTO
PUEDE APLAZARSE/
PUEDE FRACCIONARSE/
GARANTIA
PLAZO MINIMO
PERIODOS
PERIODOS
IMPORTE SOLICITADO
PLAZO MÁXIMO
Menor de 300 €
NO
NO
Entre 300 € y 5.999,99 €
NO
SI / PAGO TOTAL AL AÑO
SI / MENSUAL O TRIMESTRAL
3 MESES Ó 1
TRIMESTRE
12 MESES Ó 4
TRIMESTRES
Entre 6.000 € y 30.000 €
NO
SI / PAGO TOTAL A LOS 2 AÑOS
SI /SÓLO TRIMESTRAL
2 TRIMESTRES
8 TRIMESTRES
Mayor a 30.000 €
SI
SI / PAGO TOTAL A LOS 4 AÑOS
SI /SÓLO TRIMESTRAL
4 TRIMESTRES
16 TRIMESTRES
La administración bajo circunstancias excepcionales podrá: disminuir la cuantía mínima y efectuar la dispensa de garantías.
Efectos de la solicitud de fraccionamiento o aplazamiento: La presentación de una solicitud de aplazamiento o fraccionamiento en
periodo voluntario impedirá el inicio del periodo ejecutivo, pero no el devengo del interés de demora.
Efectos del incumplimiento del fraccionamiento o aplazamiento: En los fraccionamientos de pago concedidos, si llegado el
vencimiento de uno cualquiera de los plazos no se efectuara el pago, se iniciará el procedimiento de apremio para la exacción de la
totalidad de la deuda, con la exigencia del interés de demora devengados a partir del día siguiente al fin del periodo voluntario
hasta la fecha del vencimiento del plazo concedido.
Plazo de resolución: Será de 6 meses. En caso de no dictar Resolución, la solicitud se entenderá desestimada.
6. DOCUMENTACIÓN
Cumplimente en los numerales correspondientes qué documentación presenta efectivamente, en caso de hacerlo.
Los campos relativos a los documentos en poder de la Administración de la Junta de Andalucía o de otras Administraciones, sólo
procederá cumplimentarlos cuando ejerza el derecho a no presentar la documentación referida. En estos casos deberá indicar
toda la información que se le solicita.
7. DECLARACIÓN, SOLICITUD, LUGAR, FECHA Y FIRMA
Deberá declarar que son ciertos cuantos datos figuran en el presente documento, y firmar el formulario.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00271455
004056/A06
DIR3. CÓDIGO DIRECTORIO COMÚN DE UNIDADES ORGÁNICAS.
Con carácter general, este código aparecerá cumplimentado, en caso contrario podrá consultar en las oficinas de asistencia en
materia de registros o bien en esta dirección:
https://ws024.juntadeandalucia.es/ae/directoriocomundeunidadesorganicas
https://www.juntadeandalucia.es/eboja