3. Otras disposiciones. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. (2022/220-65)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se publica Convenio entre el Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica y la Comunidad Autónoma de Andalucía, a través del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, para la obtención de una cobertura de imágenes aéreas y ortofotos (vuelo-2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 220 - Miércoles, 16 de noviembre de 2022

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es interés del IECA una mejora de la resolución del vuelo a 22 cm de tamaño de píxel
para la obtención de una ortofoto mejorada geométricamente a 25 cm. Dicha mejora
de la resolución permitirá una mejor gestión y planificación de las políticas territoriales
(recursos naturales, medio ambiente, agricultura, etc.) en el ámbito de las competencias
que cada una de las administraciones tiene asignadas.
Por todo ello, ambas partes han considerado la conveniencia de establecer el
presente Convenio con arreglo a las siguientes:
CL ÁUSUL AS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto el desarrollo de actuaciones conjuntas para
la obtención de coberturas mediante el vuelo fotogramétrico digital y de ortoimágenes
digitales en color, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Segunda. Realización del Convenio.
Las actuaciones conjuntas contempladas en el marco de este Convenio, por el CNIG
y el IECA, serán:
- Captura de una cobertura de fotografías aéreas con resolución mejorada a un
tamaño medio de píxel de 22 cm.
- Control de calidad del vuelo fotogramétrico.
- Generación de las ortofotos rápidas de 25 cm/píxel, a partir de un VF a 22 cm.
- Generación de las ortofotos definitivas de 25 cm/píxel, a partir de un VF a 22 cm,
según especificación PNOA 25.
- Control de calidad de las ortofotos.
La Comisión de Seguimiento, que se establece en la cláusula séptima de este
Convenio, se encargará de establecer el Plan de Trabajo definiendo las tareas a realizar
de acuerdo con el presupuesto máximo fijado en este Convenio.
Los trabajos de producción se realizarán conforme a las especificaciones técnicas
pactadas para el PNOA.

Cuarta. Obligaciones del IECA.
Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, el IECA asume el compromiso
de financiar el incremento de coste por la mejora de la citada cobertura de imágenes, que
supone la mejora de la resolución del vuelo fotogramétrico, pasando de 35 cm/píxel a 22
cm/píxel y la mejora geométrica de las ortofotos de 25 cm/pixel obtenidas a partir del VF
a 22 cm/pixel, según la especificación PNOA 25, respecto a la que se obtendría del VF
a 35 cm/pixel. Así mismo, asume el compromiso de financiar el incremento de coste de
los controles de calidad por la mejora de resolución del vuelo fotogramétrico y de calidad
geométrica de las ortofotos asociados a la mejora de la cobertura.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00271420

Tercera. Obligaciones del CNIG.
El CNIG entregará al IECA:
- Copia digital del vuelo fotogramétrico de 22 cm/pixel realizado en el año 2022.
- Copia digital de las ortofotos rápidas de 25 cm/píxel a partir del vuelo anterior.
- Copia digital de las ortofotos definitivas de 25 cm/píxel según especificación PNOA25.
Demás productos, generados a partir del vuelo fotogramétrico anterior.
La entrega de los productos se efectuará conforme a las especificaciones PNOA
aplicables y de acuerdo con el Anexo I.
Igualmente, informará al IECA sobre la ejecución del proyecto y comunicará las
incidencias que pudieran surgir con el fin de tomar decisiones conjuntas para su
resolución.