Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/220-7)
Extracto de la Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se convocan las ayudas previstas en la Orden de 23 de noviembre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo Local Leader en el marco de la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 220 - Miércoles, 16 de noviembre de 2022

página 18222/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Extracto de la Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Dirección General
de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se convocan
las ayudas previstas en la Orden de 23 de noviembre de 2017, por la que se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas previstas en
las Estrategias de Desarrollo Local Leader en el marco de la submedida 19.2
del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022.
BDNS (Identif): 657839-657840-657841.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo
texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se efectúa convocatoria para el año 2022 de las ayudas previstas en el capítulo
segundo de la Orden de 23 de noviembre de 2017, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de las ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo
Local Leader en el marco de la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de
Andalucía 2014-2020, publicada en BOJA con fecha 28 de noviembre de 2017.
Esta convocatoria abarca también las ayudas contempladas en la «Inversión
Territorial Integrada 2014-2020» de la provincia de Cádiz, en el marco del Programa de
Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022.

Tercero. Objeto.
La finalidad de estas ayudas es la implementación de operaciones conforme a la
Estrategia de Desarrollo Local previstas por cada Grupo de Desarrollo Rural, en cada
una de las Estrategias de Desarrollo Local diseñadas y seleccionadas de conformidad
con la Orden de 19 de enero de 2016 y la Orden de 7 de noviembre de 2016, en aras de
lograr el fomento del empleo, el crecimiento económico, la innovación, la conservación y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00271456

Segundo. Personas o entidades beneficiarias.
1. En el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva de
las distintas líneas de ayuda convocadas para cada Zona Rural Leader, podrán ser
beneficiarias las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, o sus agrupaciones,
que vayan a ejecutar el proyecto u operación contemplado en la Estrategia de Desarrollo
Local seleccionada por la entonces Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio
Rural o en sus correspondientes modificaciones, que se encuentren previstas en las
líneas de ayuda convocadas. No podrán optar a las mismas las asociaciones reconocidas
como Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía para el periodo 2014-2022.
2. Las personas o entidades solicitantes de la ayuda deberán cumplir los requisitos
establecidos en la Orden de 23 de noviembre de 2017, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de las ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo
Local Leader en el marco de la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de
Andalucía 2014-2022, teniendo en cuenta los contemplados para cada tipo de proyecto
subvencionable en el Anexo I de dicha orden, así como los que con carácter específico se
hayan previsto en cada una de las líneas de ayuda convocadas para las que se presente
solicitud de ayuda.