3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/219-52)
Resolución de 27 de octubre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento del principio de transparencia en determinadas Agencias Públicas Empresariales de la Junta de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 219 - Martes, 15 de noviembre de 2022

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4.5. Fundamentos de la opinión con salvedades de la Agencia Pública de
Puertos de Andalucía y opinión
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En el Portal de la Junta de Andalucía no aparecen publicadas las bolsas de empleo o trabajo de
la agencia (administrativos, especialistas portuarios, policía portuarios…), que deberían figurar
en el apartado dedicado a los “procesos de selección de personal” [art. 10.k) LTPA], tal y como
establece el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía en sus resoluciones,
entre otras, 32/2016, de 1 de junio (FJ 5º), PA-115/2016, de 30 de noviembre (FJ 4º), PA113/2017, de 8 de agosto (FJ 4º) y PA-81/2018, de 20 de septiembre (FJ 5º).
Las “bolsas de trabajo” deben incluir el nombre completo de cada uno de los aspirantes, así como
cuatro cifras numéricas aleatorias y alternas del DNI, para evitar la confusión que se generaría si
hubiese aspirantes con nombre y apellidos coincidentes [Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (DA 7ª) y resolución del
CTPD PA-22/2019, de 28 de enero (FJ 6º)].
- No se encuentra publicada la relación de bienes inmuebles de su propiedad o sobre los que
ostente algún derecho real, tal y como exigen los artículos 8.3 de la LTBG y 10.2 de la LTPA6.
- No aparecen publicadas las directrices, instrucciones, acuerdos o circulares utilizadas por la
Agencia Pública de Puertos de Andalucía, tal y como requiere el artículo 13.1.a) de la LTPA.
- No están publicados en el Portal de la Junta de Andalucía los documentos que, conforme a la
legislación sectorial vigente, deban ser sometidos a un periodo de información pública [art. 7.e)
LTBG y 13.1.e) LTPA].
- La agencia no tiene publicado un catálogo actualizado de los procedimientos administrativos
de su competencia, con indicación de su objeto, trámites y plazos, tal y como requiere el artículo
14.a) de la LTPA. Además, se debe indicar específicamente los procedimientos que admitan, total
o parcialmente, tramitación electrónica.
- No se publica la relación de procedimientos en los que sea posible la participación de la
ciudadanía mientras se encuentren en trámite [art. 14.c) LTPA].
- No aparece identificada ni en el Portal de la Junta de Andalucía ni en la página web de la Agencia
el órgano responsable de transparencia, indicando la persona titular, el teléfono y el correo
electrónico de contacto, tal y como exige el artículo 8.4 del Decreto 289/2015, de 21 de julio.

Opinión con salvedades de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía
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Excepto por los hechos descritos en el apartado “Fundamentos de la opinión con salvedades” en
opinión de la Cámara de Cuentas de Andalucía la Agencia Pública de Puertos de Andalucía
cumple, en todos sus aspectos significativos, con la normativa aplicable al principio de
transparencia.

Las deficiencias del Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía en relación con las agencias
públicas empresariales de la Junta ya se pusieron de manifiesto por la Cámara de Cuentas en el Informe de fiscalización del Inventario
General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía (CO 03/2018).

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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