3. Otras disposiciones. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. (2022/219-35)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Málaga, por la que se otorga autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción al proyecto que se cita en el término municipal de Antequera (Málaga). (PP. 2736/2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 219 - Martes, 15 de noviembre de 2022

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Tercero. La autorización administrativa previa y la autorización administrativa de
construcción se otorgan de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, e incorpora las determinaciones y
condiciones establecidas en la autorización ambiental unificada concedida mediante el
informe de fecha 21.7/2022. Las autorizaciones se otorgan condicionadas al cumplimiento
de la normativa aplicable y de los siguientes requisitos:
1. Una vez obtenida la autorización administrativa previa y de construcción, el
proyecto se ejecutará con estricta sujeción a los requisitos y plazos previstos en ellas. Se
cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los reglamentos vigentes
que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación, así como
los requisitos técnicos definidos por el operador del sistema en cuanto a regulación de
tensión, comportamiento ante perturbaciones en la red eléctrica y huecos de tensión.
2. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las
variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
3. El plazo para la obtención de la autorización de explotación de las instalaciones
será de 2 años contado a partir de la fecha de notificación de la presente resolución.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la autorización
de explotación de la instalación, se procederá a la revocación de la presente autorización.
La persona titular de la citada instalación podrá presentar solicitud debidamente
justificada para la modificación de la presente resolución por parte de esta Delegación
del Gobierno en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la
terminación del mismo.
4. La persona titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el
cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones,
organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales le han
sido trasladados, habiendo sido aceptados por el mismo. En particular, el titular de la
instalación deberá cumplir los condicionados expuestos en el Informe de la Delegación
Territorial de Desarrollo Sostenible en Málaga de la Consejería de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Desarrollo Sostenible, por el que se otorga la Autorización Ambiental Unificada a
Matilde Solar, S.L., para el proyecto de la planta solar fotovoltaica denominada «Archo II»
y su línea de evacuación de 30 kV, sitas en el término municipal de Antequera (AAU/
MA/54/20), de fecha 21.7/2022, cuyo contenido íntegro se puede consultar en la página
web de la Consejería competente en materia de Medio Ambiente, en el siguiente enlace:
http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/
5. La persona titular de la instalación remitirá con carácter semestral a esta Delegación
Territorial informe sobre el estado de ejecución de las obras.
6. La persona titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las
obras a esta Delegación Territorial, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la
correspondiente autorización de explotación.
7. La Administración dejará sin efecto la presente autorización en cualquier momento
en que constate:
- El incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma y/o la pérdida de los
permisos de acceso y conexión a la red de la instalación.
- La caducidad de la autorización ambiental unificada de la instalación, por
incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en la misma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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de 630 mm², directamente enterrados, para la conexión del centro de seccionamiento
con la Subestación SET S3 ARCHO.
- Potencia de inversores: 44,135 MW (limitada a 43,5 MW).
- Potencia activa máxima: 43,5 MW.
- Potencia pico de generación: 50 MWp.
Términos municipales afectados: Antequera.
Referencia: CG-899.