Disposiciones generales. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/218-1)
Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se ajustan las cantidades destinadas a las ayudas por desplazamiento, en régimen de concurrencia competitiva, al alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos que realiza el módulo profesional de formación en centros de trabajo o la formación práctica en la formación profesional dual en el curso académico 2021/22.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 218 - Lunes, 14 de noviembre de 2022

página 18023/2

RESU ELV E
Primero. Determinar las cantidades a distribuir por provincias, destinadas a las
ayudas por desplazamiento al alumnado que realiza el módulo profesional de formación
en centros de trabajo o la formación práctica en la formación profesional dual en el curso
académico 2021/2022, conforme a la siguiente distribución:
Línea de subvención 1: Formación en centros de trabajo
1.º y 2.º
trimestre
(cuantía en
euros)
3.er trimestre
(cuantía en
euros)
TOTAL
CUANTÍA
POR
PROVINCIA
EN EUROS

Almería

Cádiz

Córdoba

Granada

Huelva

Jaén

Málaga

Sevilla

7.000

9.500

10.000

6.000

6.550

7.200

12.000

21.500

11.500

42.000

14.500

16.500

19.000

19.500

31.500

41.000

18.500

51.500

24.500

22.500

25.550

26.700

43.500

62.500

Línea de subvención 2: FP Dual
TOTAL
CUANTÍA POR
PROVINCIA
EN EUROS

Almería

Cádiz

Córdoba

Granada

Huelva

Jaén

Málaga

Sevilla

15.000

20.000

25.000

5.000

11.000

18.000

22.000

32.000

Segundo. Ordenar la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
La presente resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en
el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la
Dirección General de Formación Profesional, conforme a lo establecido en los artículos
112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 102.5 y 115.2 de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o, en su caso, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional
contencioso-administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2,
14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.

00271269

Sevilla, 8 de noviembre de 2022.- La Directora General, M.ª del Mar Rull Fernández.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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