3. Otras disposiciones. Consejería de Salud y Consumo. (2022/218-56)
Resolución de 7 de noviembre de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que encomienda a las Delegaciones Territoriales de Almería y Córdoba, de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía, la gestión de actividades de carácter material y técnico para la supervisión de proyectos de obras de infraestructuras sanitarias del Servicio Andaluz de Salud.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 218 - Lunes, 14 de noviembre de 2022

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necesarias para la supervisión de proyectos de obra relacionados con la puesta en marcha
de infraestructuras de Centros y Servicios Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.
Segundo. Naturaleza y condiciones de la encomienda.
La presente encomienda tiene carácter administrativo y se desarrollará en las
siguientes condiciones:
1. Esta encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de la competencia
ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del órgano
encomendante dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o
en los que se integre la concreta actividad material objeto de encomienda, así como la
de proporcionar información cuantitativa y cualitativa sobre las acciones desarrolladas y
ejecutadas.
2. Se ejecutará con medios materiales y humanos propios de las Delegaciones
Territoriales, sin necesidad de acudir a contrataciones externas, por lo que no implica
gasto alguno para dichos órganos.
3. La asignación de las tareas correspondiente a una actuación se realizará por medio
de oficio remitido por la persona titular de la Dirección General de Gestión Económica
y Servicios del Servicio Andaluz de Salud, donde se especificarán con claridad las
tareas de asistencia y apoyo que se requieran, acompañándose del expediente y
cuantos documentos y datos fueran necesarios para la correcta ejecución de las tareas
encomendadas.
4. La asignación de tareas se realizará con antelación suficiente y señalando un plazo
razonable para la correcta realización de la misma.
La remisión al centro directivo encomendante de los documentos a que haya dado
lugar la encomienda de gestión se realizará por medio de oficio de la persona titular de la
Delegación Territorial.
5. Todas las tareas de apoyo y asistencia objeto de la presente encomienda se
realizarán desde las instalaciones de las Delegaciones Territoriales y con los medios
materiales de éstas.
6. La asignación y organización de estas tareas de apoyo y asistencia se realizará
siempre respetando el buen funcionamiento de las Delegaciones Territoriales y
produciendo el menor menoscabo posible en el buen desenvolvimiento de su normal
actividad.
7. Esta encomienda no supone la concesión, expresa o implícita, de derecho alguno
respecto a la propiedad intelectual de los documentos elaborados bajo su amparo. Los
resultados de los trabajos efectuados por el personal de las Delegaciones Territoriales al
amparo del presente documento serán propiedad del Servicio Andaluz de Salud a todos los
efectos, viniendo las referidas Delegaciones Territoriales obligadas a utilizarlos únicamente
en el ámbito de su relación con el Servicio Andaluz de Salud, así como a guardar absoluta
confidencialidad sobre ellos y sobre los datos facilitados para su elaboración.

Cuarto. Publicación.
La presente encomienda de gestión entrará en vigor al día siguiente de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 7 de noviembre de 2022.- El Director Gerente, Diego A. Vargas Ortega.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00271273

Tercero. Plazo de vigencia.
La presente encomienda estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023, pudiendo
prorrogarse, en su caso, por periodos anuales.
No obstante, el Servicio Andaluz de Salud podrá dar por finalizada la encomienda con
anterioridad en caso de pérdida del objeto de la misma o cuando razones de eficacia o
eficiencia lo aconsejen.