3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/217-62)
Resolución de 27 de octubre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización financiera y de cumplimiento del Consorcio de Transporte Metropolitano del área de Jaén. Ejercicio 2020.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 217 - Viernes, 11 de noviembre de 2022

página 17862/37

Tras lo reflejado, indicar que al cierre del ejercicio 2021 y tras las gestiones de reclamación de pago
realizadas por el Consorcio antes del inicio del procedimiento de retención se han cobrado los derechos pendientes de cobro de ejercicios anteriores correspondientes a los ayuntamientos de Mengíbar, Los Villares, Arjonilla, Fuensanta de Martos, Fuerte del Rey, Andújar y la Diputación Provincial
de Jaén y gran parte del Ayuntamiento de Jamilena.
Los derechos pendientes de cobro a cierre del ejercicio 2021 corresponden al Ayuntamiento de Jamilena (42,53 €) y al Ayuntamiento de Jaén (560.644,12 €).
Respecto al Ayuntamiento de Jaén señalar que por su cantidad significativa así como la antigüedad
de la deuda, con fecha 23 de noviembre de 2021 el Consorcio en aplicación del artículo 33.4 de sus
Estatutos remitió a la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financiera con las
Corporaciones Locales y Juego de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea solicitud para
que dicho centro directivo procediese a aplicar las retenciones de la Participación de los Ingresos del
Estado del municipio de Jaén por las aportaciones pendientes de pago de los ejercicios 2015 a 2017
y 2020. Dicho procedimiento concluyó con la Resolución de 19 de enero de 2022 señalada en el
apartado A.28 del apéndice, siendo la cantidad recibida hasta la fecha del presente documento de
280.320,00 euros.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
La entidad en la alegación realiza una interpretación del artículo 33.4 del estatuto, manifestando
que la aplicación de este es opcional, cuestión que en ningún caso viene en los estatutos.
A continuación, acepta la deuda mantenida, pero justifica la no aplicación, por un lado, en la gravosidad para los ayuntamientos de la medida, y por otro, aportan el Estado de Liquidación de Ingresos de ejercicios cerrados de la Cuenta General del ejercicio 2021 para actualizar la situación de
los ayuntamientos y señalan que tras las reclamaciones de pago han cobrado derechos pendientes
de cobro de ejercicios anteriores de varios ayuntamientos (Mengíbar, Los Villares, Arjonilla, Fuensanta de Martos, Fuerte del Rey, Andújar y la Diputación provincial de Jaén y gran parte del Ayuntamiento de Jamilena). Sobre la situación del Ayuntamiento de Jaén, la entidad señala en la alegación que se ha iniciado con fecha de 23 de noviembre de 2021 el referido procedimiento del artículo
33.4 de los Estatutos, habiéndose evacuado Resolución el 19 de enero de 2022. Esta circunstancia
ya se indica en el informe en el punto A.28.

ALEGACIÓN Nº 5, AL PUNTO 29 Epígrafe 5.2 y Apéndice punto A.43 y A.44 (ALEGACIÓN NO
ADMITIDA)

Así se informó positivamente dentro de la tramitación de los Estatutos modificados por la Secretaría
de Racionalización, Regeneración y Transparencia existiendo la obligación de equipar los puestos
de trabajo con la Administración de adscripción, para el personal funcionario o laboral de nueva
incorporación.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00271102

En relación al personal del Consorcio, los Estatutos recogen en su Disposición Transitoria Segunda:
“Se considera personal propio del Consorcio el que estuviese contratado por el mismo a 31 de diciembre de 2014. El personal propio del Consorcio se regirá por la legislación laboral vigente.”