3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/217-63)
Resolución de 27 de octubre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de la gestión de recursos humanos de empresas municipales que gestionan los servicios funerarios en Andalucía: EMUCESA, CECOSAM, PARCEMASA Y CEMABASA. Ejercicio 2019.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 217 - Viernes, 11 de noviembre de 2022

página 17869/28

Los hechos que se relatan son considerados por el fiscal como delitos continuados de fraude
en la contratación y delito continuado de malversación de caudales públicos, solicitando por
ello penas de varios años de cárcel e inhabilitación absoluta.
Según información disponible al cierre de los trabajos de campo. el juzgado nº 9 acordó tener
por finalizada la fase intermedia de este procedimiento penal al haber presentado escritos de
defensa todos los investigados, y se remitió el procedimiento a la Audiencia Provincial de
Granada, órgano competente para el enjuiciamiento, que lo tuvo por recibido el 11 de marzo de
2020. Previamente con fecha de 5 de febrero de 2020, y previo acuerdo autorizado por el
Consejo de Administración de fecha 21 de noviembre de 2019, se libraron mandamientos de
pago a favor de EMUCESA como devolución hecha por algún investigado respecto a la
responsabilidad civil de alguna de las contrataciones con la contrapartida de rebaja en la petición
de penas. De igual forma al inicio del procedimiento también se reintegró a la empresa por parte
de uno de los investigados la responsabilidad civil derivada de una de las contrataciones.
Actualmente, la Audiencia ya ha celebrado el juicio oral.
Hechos posteriores al ejercicio fiscalizado
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En EMUCESA, en el último trimestre del año 2020, se han producido los siguientes cambios en el
personal de alta dirección de la empresa.

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En el Consejo de Administración celebrado el 1 de octubre de 2020, a propuesta del Director
General, se acuerda por unanimidad:
“aprobar la propuesta de jubilación parcial del actual gerente, mediante un contrato de
relevo, en el que el relevista tendrá la misma categoría profesional. El contrato del relevista,
de duración indefinida y un mes de período de prueba, se iniciará el 19 de octubre de 2020 y
el contrato del relevado, con inicio el mismo día indicado para el relevista, durará hasta la
fecha de jubilación legal, prevista en estos momentos para el día 10 de julio de 2023.
El relevado tendrá la jornada reducida al 25%, que se acumulará al principio del contrato para
colaborar en la formación del relevista que tendrá una jornada laboral del 100%.
El Sr Director General, en atribución de sus facultades, es la persona encargada de gestionar
y firmar los correspondientes contratos”.

00271113

EMUCESA se compromete a garantizar el actual nivel retributivo del anterior gerente que
asciende a catorce pagas de 7.182,53 euros brutos (100.569,42 euros al año). La retribución a
cargo de la empresa será en todo momento la diferencia entre la citada cantidad y el importe
que perciba el trabajador como prestación por jubilación anticipada, hasta que alcance la edad
de jubilación ordinaria. El complemento salarial de pensión asciende mensualmente a 3.056,00
euros. Este tipo de contrato de relevo no se suele utilizar en el sector público de la Comunidad
Autónoma Andaluza. El nuevo gerente tiene una retribución pactada de 70.000 euros al año.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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