5. Anuncios. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/216-69)
Anuncio de 2 de noviembre de 2022, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por el que se le da publicidad a la Resolución de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se delegan en la Secretaría General de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía los controles administrativos relativos a la submedidas 4.1 (inversiones en explotaciones agrarias), 5.1 (inversiones en acciones preventivas para limitar daños derivados de desastres naturales y catástrofes), 6.1 (creación de empresas por jóvenes agricultores), y operación 5.2.1 (inversiones en explotaciones agrarias para la recuperación del potencial de producción y de terrenos agrícolas dañados por desastres naturales, eventos climáticos adversos y catástrofes) del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 216 - Jueves, 10 de noviembre de 2022
página 17742/2
• Reconstitución del potencial de producción agrario dañado por desastres naturales
y catástrofes, e implantación de medidas preventivas adecuadas, en su artículo 18.
• Creación de empresas para jóvenes agricultores, en su artículo 19.
Estas ayudas tienen su desarrollo en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía
2014-2022, en su versión 11, actualmente vigente, a través de las siguientes Submedidas
y Operaciones:
- Submedida 4.1. Apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas:
• Operación 4.1.1. Inversiones en activos físicos para la mejora del rendimiento y la
sostenibilidad global de explotaciones agrarias.
• Operación 4.1.2. Inversiones en activos físicos para la mejora del rendimiento y la
sostenibilidad global de explotaciones de olivar.
- Submedida 5.1. Inversiones en medidas preventivas destinadas a reducir las
consecuencias de desastres naturales, adversidades climáticas y catástrofes probables:
• Operación 5.1.1. Inversiones en explotaciones agrarias para el establecimiento de
medidas preventivas destinadas a reducir las consecuencias que, sobre el potencial de
producción de las explotaciones, puedan tener los posibles desastres naturales, eventos
climáticos adversos y catástrofes.
- Submedida 5.2. Apoyo a las inversiones para el restablecimiento de terrenos
agrícolas y potencial de producción dañados por desastres naturales, fenómenos
climáticos adversos y catástrofes:
• Operación 5.2.1. Inversiones en explotaciones agrícolas para la recuperación del
potencial de producción y de terrenos agrícolas dañados por desastres naturales, eventos
climáticos adversos y catástrofes.
Estas ayudas se tramitan en régimen de concurrencia competitiva, a través de la
publicación de las oportunas convocatorias de ayudas en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
La competencia para resolver estas ayudas recae en la persona titular de la Dirección
General de la Producción Agrícola y Ganadera, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 11, apartado r), del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,
por el que se asignan a esta Dirección General las competencias en «la gestión y control
de las ayudas y actuaciones directas financiadas con FEADER en el ámbito de sus
competencias».
Igualmente, el artículo 9 del Decreto 70/2016, de 1 de marzo, por el que se establece
la organización y el régimen de funcionamiento del organismo pagador de los gastos
financiados por el Fondo Europeo de Garantía y por el Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se designa al organismo
de certificación, establece que le corresponde a esta Dirección General, como Unidad
del Área de Gestión Técnica del FEADER, "la autorización y control de los pagos para
determinar si el importe que deba abonarse al beneficiario es conforme a la normativa
de la Unión Europea y a la disposiciones nacionales, incluidas las establecidas en el
Programa de Desarrollo Rural", mediante la realización de los oportunos controles.
No obstante, el elevado número de líneas de ayuda gestionadas por esta Dirección
General, con un gran número de expedientes en algunas de ellas, unido al hecho que
en la mayoría de los casos son necesarias varias visitas de control a las explotaciones
para garantizar el correcto cumplimiento de los requisitos y compromisos incluidos en
las bases reguladoras, justifica la habilitación a otro órgano a través del mecanismo de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270982
- Submedida 6.1. Ayuda a la creación de empresas para los jóvenes agricultores:
• Operación 6.1.1. Ayuda a la creación de empresas para los jóvenes agricultores.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 216 - Jueves, 10 de noviembre de 2022
página 17742/2
• Reconstitución del potencial de producción agrario dañado por desastres naturales
y catástrofes, e implantación de medidas preventivas adecuadas, en su artículo 18.
• Creación de empresas para jóvenes agricultores, en su artículo 19.
Estas ayudas tienen su desarrollo en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía
2014-2022, en su versión 11, actualmente vigente, a través de las siguientes Submedidas
y Operaciones:
- Submedida 4.1. Apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas:
• Operación 4.1.1. Inversiones en activos físicos para la mejora del rendimiento y la
sostenibilidad global de explotaciones agrarias.
• Operación 4.1.2. Inversiones en activos físicos para la mejora del rendimiento y la
sostenibilidad global de explotaciones de olivar.
- Submedida 5.1. Inversiones en medidas preventivas destinadas a reducir las
consecuencias de desastres naturales, adversidades climáticas y catástrofes probables:
• Operación 5.1.1. Inversiones en explotaciones agrarias para el establecimiento de
medidas preventivas destinadas a reducir las consecuencias que, sobre el potencial de
producción de las explotaciones, puedan tener los posibles desastres naturales, eventos
climáticos adversos y catástrofes.
- Submedida 5.2. Apoyo a las inversiones para el restablecimiento de terrenos
agrícolas y potencial de producción dañados por desastres naturales, fenómenos
climáticos adversos y catástrofes:
• Operación 5.2.1. Inversiones en explotaciones agrícolas para la recuperación del
potencial de producción y de terrenos agrícolas dañados por desastres naturales, eventos
climáticos adversos y catástrofes.
Estas ayudas se tramitan en régimen de concurrencia competitiva, a través de la
publicación de las oportunas convocatorias de ayudas en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
La competencia para resolver estas ayudas recae en la persona titular de la Dirección
General de la Producción Agrícola y Ganadera, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 11, apartado r), del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,
por el que se asignan a esta Dirección General las competencias en «la gestión y control
de las ayudas y actuaciones directas financiadas con FEADER en el ámbito de sus
competencias».
Igualmente, el artículo 9 del Decreto 70/2016, de 1 de marzo, por el que se establece
la organización y el régimen de funcionamiento del organismo pagador de los gastos
financiados por el Fondo Europeo de Garantía y por el Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se designa al organismo
de certificación, establece que le corresponde a esta Dirección General, como Unidad
del Área de Gestión Técnica del FEADER, "la autorización y control de los pagos para
determinar si el importe que deba abonarse al beneficiario es conforme a la normativa
de la Unión Europea y a la disposiciones nacionales, incluidas las establecidas en el
Programa de Desarrollo Rural", mediante la realización de los oportunos controles.
No obstante, el elevado número de líneas de ayuda gestionadas por esta Dirección
General, con un gran número de expedientes en algunas de ellas, unido al hecho que
en la mayoría de los casos son necesarias varias visitas de control a las explotaciones
para garantizar el correcto cumplimiento de los requisitos y compromisos incluidos en
las bases reguladoras, justifica la habilitación a otro órgano a través del mecanismo de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270982
- Submedida 6.1. Ayuda a la creación de empresas para los jóvenes agricultores:
• Operación 6.1.1. Ayuda a la creación de empresas para los jóvenes agricultores.