5. Anuncios. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/216-68)
Anuncio de 2 de noviembre de 2022, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por el que se le da publicidad a la Resolución de 27 de octubre de 2022, de esta Dirección General, por la que se establece el procedimiento de gestión de cadáveres de ovino y caprino de explotaciones ganaderas incluidas en la zona de restricción establecida por la declaración de un foco de viruela ovina caprina.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 216 - Jueves, 10 de noviembre de 2022
página 17740/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Anuncio de 2 de noviembre de 2022, de la Dirección General de la Producción
Agrícola y Ganadera, por el que se le da publicidad a la Resolución de 27
de octubre de 2022, de esta Dirección General, por la que se establece el
procedimiento de gestión de cadáveres de ovino y caprino de explotaciones
ganaderas incluidas en la zona de restricción establecida por la declaración de
un foco de viruela ovina caprina.
El 27 de octubre de 2022, la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera ha
dictado una resolución por la que se establece el procedimiento de gestión de cadáveres
de ovino y caprino de explotaciones ganaderas incluidas en la zona de restricción
establecida por la declaración de un foco de viruela ovina caprina, la cual figura en el
anexo del presente anuncio, lo que se hace público para general conocimiento.
Sevilla, 2 de noviembre de 2022.- El Director General, Manuel Gómez Galera.
A NE XO
«RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA
Y GANADERA POR LA QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN
DE CADÁVERES DE OVINO Y CAPRINO DE EXPLOTACIONES GANADERAS
INCLUIDAS EN LA ZONA DE RESTRICCIÓN ESTABLECIDA POR LA DECLARACIÓN
DE UN FOCO DE VIRUELA OVINA CAPRINA
ANTECEDENTES DE HECHO
Segundo. El 7 de octubre de 2022, se publica en el DOUE la Decisión de Ejecución (UE)
2022/1913 de la Comisión relativa a determinadas medidas de emergencia en relación con
la viruela ovina y la viruela caprina en España, que establece que la autoridad competente
garantizará el establecimiento de zonas restringidas en aplicación del Reglamento
Delegado (UE) 2020/687, y con arreglo a las condiciones establecidas en el mismo.
La declaración del foco implica el establecimiento de una zona restringida, que
constará de una zona de protección y una zona de vigilancia. En la zona restringida se
aplicarán una serie de medidas generales establecidas en la Sección 1 del Capítulo II
del Reglamento Delegado (UE) 2020/687. En concreto, establece que la autoridad
competente ordenará y supervisará que todos los desplazamientos de los cuerpos
enteros o partes de animales muertos silvestres y en cautividad de especies de la lista
procedentes de la zona restringida se destinen a su transformación o eliminación con
arreglo al Reglamento (CE) 1069/2009 en una planta autorizada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270983
Primero. El pasado 19 de septiembre, los Servicios Veterinarios Oficiales de la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural notificaron oficialmente la
detección de un foco de viruela ovina y caprina (en adelante VOC) en una explotación
ovina del término municipal de Benamaurel, Granada.
La Consejería de Agricultura adoptó de forma inmediata las medidas de control
contempladas en la normativa comunitaria, concretamente el Reglamento Delegado
(UE) 2020/687 de la Comisión, por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del
Parlamento Europeo y del Consejo, en lo referente a las normas relativas a la prevención
y el control de determinadas enfermedades de la lista.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 216 - Jueves, 10 de noviembre de 2022
página 17740/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Anuncio de 2 de noviembre de 2022, de la Dirección General de la Producción
Agrícola y Ganadera, por el que se le da publicidad a la Resolución de 27
de octubre de 2022, de esta Dirección General, por la que se establece el
procedimiento de gestión de cadáveres de ovino y caprino de explotaciones
ganaderas incluidas en la zona de restricción establecida por la declaración de
un foco de viruela ovina caprina.
El 27 de octubre de 2022, la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera ha
dictado una resolución por la que se establece el procedimiento de gestión de cadáveres
de ovino y caprino de explotaciones ganaderas incluidas en la zona de restricción
establecida por la declaración de un foco de viruela ovina caprina, la cual figura en el
anexo del presente anuncio, lo que se hace público para general conocimiento.
Sevilla, 2 de noviembre de 2022.- El Director General, Manuel Gómez Galera.
A NE XO
«RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA
Y GANADERA POR LA QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN
DE CADÁVERES DE OVINO Y CAPRINO DE EXPLOTACIONES GANADERAS
INCLUIDAS EN LA ZONA DE RESTRICCIÓN ESTABLECIDA POR LA DECLARACIÓN
DE UN FOCO DE VIRUELA OVINA CAPRINA
ANTECEDENTES DE HECHO
Segundo. El 7 de octubre de 2022, se publica en el DOUE la Decisión de Ejecución (UE)
2022/1913 de la Comisión relativa a determinadas medidas de emergencia en relación con
la viruela ovina y la viruela caprina en España, que establece que la autoridad competente
garantizará el establecimiento de zonas restringidas en aplicación del Reglamento
Delegado (UE) 2020/687, y con arreglo a las condiciones establecidas en el mismo.
La declaración del foco implica el establecimiento de una zona restringida, que
constará de una zona de protección y una zona de vigilancia. En la zona restringida se
aplicarán una serie de medidas generales establecidas en la Sección 1 del Capítulo II
del Reglamento Delegado (UE) 2020/687. En concreto, establece que la autoridad
competente ordenará y supervisará que todos los desplazamientos de los cuerpos
enteros o partes de animales muertos silvestres y en cautividad de especies de la lista
procedentes de la zona restringida se destinen a su transformación o eliminación con
arreglo al Reglamento (CE) 1069/2009 en una planta autorizada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270983
Primero. El pasado 19 de septiembre, los Servicios Veterinarios Oficiales de la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural notificaron oficialmente la
detección de un foco de viruela ovina y caprina (en adelante VOC) en una explotación
ovina del término municipal de Benamaurel, Granada.
La Consejería de Agricultura adoptó de forma inmediata las medidas de control
contempladas en la normativa comunitaria, concretamente el Reglamento Delegado
(UE) 2020/687 de la Comisión, por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del
Parlamento Europeo y del Consejo, en lo referente a las normas relativas a la prevención
y el control de determinadas enfermedades de la lista.