Autoridades y personal. Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul. (2022/216-21)
Acuerdo de 2 de noviembre de 2022, de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, por el que se anuncia convocatoria pública excepcional de estabilización del empleo temporal de quince plazas indefinidas de la categoría profesional administrativa.
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Número 216 - Jueves, 10 de noviembre de 2022

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Un tercer periodo será entre el 1 de diciembre y el 15 de enero del año siguiente, para la
cobertura de vacaciones y permisos de personal administrativo de su centro de trabajo. Las
notificaciones de llamamiento se enviarán: a) 10 días antes del Viernes de Dolores, b) entre
el 1 y 5 de mayo, c) entre el 10 y 15 de noviembre.
6. El llamamiento se realizará por escrito o por otro medio que permita dejar constancia
de la debida notificación a la persona interesada, con las indicaciones precisas de las
condiciones de incorporación y con antelación adecuada. En la Agencia la notificación
del llamamiento lo realizará el Departamento de Recursos Humanos mediante la Oficina
Virtual y mensaje de correo electrónico adicional. El personal fijo discontinuo tendrá la
obligación de acusar recibo de los mensajes con la mayor brevedad a su recepción.
7. Procesos de cobertura de puestos fijos discontinuos. Listas de Personal FD.
Las plazas aprobadas para su cobertura, 15 Administrativos(as) en puertos deportivos
serán objeto de Convocatorias específicas para su cobertura, conforme a la normativa,
criterios y usos en vigor aplicables en la Agencia, que en dichos supuestos dado su nivel
profesional será mediante concursos-oposiciones. Una vez sean cubiertas por estos
procesos, se debe tener en cuenta las posibles contingencias que puedan suponer la
no incorporación en los llamamientos de las personas que resulten titulares en primera
instancia, por lo que de los procesos deberán resultar las llamadas Listas de Personal FD
que se crearán para cada una de las plazas con las candidaturas que hayan resultado
clasificadas y ordenadas a partir de dichos titulares. A partir de la persona número 1 (titular)
se mantendrá una lista ordenada del 2 al N según la puntuación obtenida que, previa
conformidad de las personas que las puedan integrar, serían llamadas a incorporación
a los periodos de servicio efectivos en caso de que la persona titular o siguientes no
lo hicieran. Estas Listas funcionarán también como Bolsa Complementaria a la Bolsa
de Trabajo Temporal que se mantenga en la Agencia, de manera que las personas fijas
discontinuas pudieran ser llamadas para prestar servicios mediante contratos de trabajo
temporales que no concurrieran con sus periodos de prestación como fijo discontinuo.
8. Se dará traslado a primeros de cada año natural a la Representación Legal/Sindical
de las Personas Trabajadoras un calendario de previsiones de llamamiento, así como los
datos de alta efectivas una vez se produzcan.
9. La antigüedad de las personas fijas discontinuas se calculará teniendo en cuenta la
duración de la relación laboral y no solo el tiempo de servicios efectivos.
10. La Agencia informará al personal fijo discontinuo, como al resto de personal de
la entidad, sobre la existencia de puestos de trabajo vacantes fijos ordinarios, de manera
que puedan formular solicitudes para participar en su cobertura, de conformidad con los
procedimientos establecidos en la Agencia.
11. Vicisitudes en la incorporación una vez notificado el llamamiento.
1. Si notificado el llamamiento alguna persona se encontrara en situación incapacidad
temporal por enfermedad, accidente o descanso por maternidad/paternidad, que le
impidiera la normal prestación laboral, la Agencia le daría de alta y activaría su periodo
de actividad con cotización y colaboración empresarial con la Seguridad Social,
produciéndose la reincorporación efectiva al trabajo cuando reciba el alta médica. Si la
situación de incapacidad temporal prescrita por el Servicio Público de Salud se extendiera
durante el/los periodo(s) de actividad la persona sería dada de baja en Seguridad Social
y cotización por la Agencia al terminar dicho periodo. La cobertura del servicio de la
persona en IT sería mediante sustitución a través de la Lista de Personal Fijo Discontinuo,
o en caso de imposibilidad mediante contratación laboral temporal con la modalidad
vigente legalmente. La persona afectada por IT previa a la incorporación anual tiene
la obligación de comunicar a la Agencia con la mayor celeridad tal circunstancia, a los
efectos de poder prever la adecuada cobertura del servicio.
2. Si notificado el llamamiento, confirmado por el personal su recepción y previsión de
incorporarse en la fecha prevista, alguna persona no se presentara al trabajo el primer día
del periodo anual de actividad, y no comunicara previamente con la mayor brevedad su
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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