Autoridades y personal. Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul. (2022/216-21)
Acuerdo de 2 de noviembre de 2022, de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, por el que se anuncia convocatoria pública excepcional de estabilización del empleo temporal de quince plazas indefinidas de la categoría profesional administrativa.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 216 - Jueves, 10 de noviembre de 2022
página 17732/2
dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que
estime procedente.
Sevilla, 2 de noviembre de 2022.- EL Jefe del Departamento de Recursos Humanos,
Carlos Arquellada Caro.
ANEXO 1
OFERTA LABORAL FIJA DISCONTINUA, PUESTO DE TRABAJO, REQUISITOS
Y ASPECTOS VALORABLES
Acuerdos sobre el trabajo fijo discontinuo en la Agencia Pública de Puertos de Andalucía.
Se reproduce el Acuerdo del 4 de octubre de 2022, de la Agencia con la representación
de las personas trabajadoras por el que se establecen los criterios objetivos y formales
que deben regir el llamamiento de las personas fijas discontinuas y las condiciones del
trabajo fijo discontinuo.
1. Las personas trabajadoras que suscriban contratos de trabajo por tiempo indefinido
fijo discontinuo estarán integradas en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo de la
Agencia vigente en cada momento. Las previsiones del Convenio serán de aplicación a dichas
personas en términos de absoluta igualdad con el resto del personal al servicio por cuenta de
la entidad, sin perjuicio de las particularidades propias en esta modalidad contractual.
2. Las personas fijas discontinuas serán encuadradas, en cada caso, en el Grupo
profesional y Categoría laboral regulados en el Convenio que corresponda por el puesto
de trabajo y funciones a desempeñar.
3. Los puestos de trabajo objeto de este acuerdo, y aquellos otros que posteriormente
puedan cubrirse con esta modalidad contractual, deberán ser incluidos en el Catálogo de
Puestos de Trabajo previsto en el art. 27 de los vigentes Estatutos de la Agencia (antes
Plantilla Ideal), y su provisión o cobertura se ajustará a los criterios y procedimientos
en vigor sobre esta materia, bajo los principios constitucionales de igualdad, mérito y
capacidad, así como publicidad y transparencia. Será de aplicación también la regulación
que, al efecto, contenga el Convenio Colectivo en vigor sobre traslado y promoción.
4. El contrato de trabajo fijo discontinuo se formalizará siempre por escrito, debiendo
reflejar los elementos esenciales de la actividad laboral (duración del periodo de actividad,
jornada y distribución horaria estimadas). El contrato contendrá cláusula de periodo de
prueba conforme a lo previsto legalmente, que quedará interrumpido en las situaciones
de incapacidad temporal, nacimiento y cuidado de menor, adopción o acogimiento, riesgo
durante el embarazo o lactancia y paternidad.
5. Periodos de servicios efectivos del personal fijo discontinuo. El periodo principal de
servicio será en torno a la temporada alta estival, entre el 15 de mayo y el 15 de octubre.
Otro periodo será en torno a la Semana Santa, en función de las fechas de cada año.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270972
1. Contratación fija discontinua.
- Está destinada a la realización de trabajos de naturaleza estacional o vinculados
a actividades productivas de temporada, o para el desarrollo de aquellos que no tengan
dicha naturaleza pero que, siendo de prestación intermitente, tengan periodos de
ejecución ciertos, determinados o indeterminados.
- El periodo principal de servicio será en torno a la temporada alta estival, entre el 15
de mayo y el 15 de octubre. Otro periodo será en torno a la Semana Santa, en función de
las fechas de cada año. Un tercer periodo será entre el 1 de diciembre y el 15 de enero
del año siguiente, para la cobertura de vacaciones y permisos de personal administrativo
de su centro de trabajo. Teniendo en cuenta el calendario laboral para el año 2023 se
realizarán dos periodos: el primero que comprende desde Semana Santa 2023 y el 30 de
septiembre; y, el segundo entre el 1 de diciembre y el 15 de enero del año 2024.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 216 - Jueves, 10 de noviembre de 2022
página 17732/2
dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que
estime procedente.
Sevilla, 2 de noviembre de 2022.- EL Jefe del Departamento de Recursos Humanos,
Carlos Arquellada Caro.
ANEXO 1
OFERTA LABORAL FIJA DISCONTINUA, PUESTO DE TRABAJO, REQUISITOS
Y ASPECTOS VALORABLES
Acuerdos sobre el trabajo fijo discontinuo en la Agencia Pública de Puertos de Andalucía.
Se reproduce el Acuerdo del 4 de octubre de 2022, de la Agencia con la representación
de las personas trabajadoras por el que se establecen los criterios objetivos y formales
que deben regir el llamamiento de las personas fijas discontinuas y las condiciones del
trabajo fijo discontinuo.
1. Las personas trabajadoras que suscriban contratos de trabajo por tiempo indefinido
fijo discontinuo estarán integradas en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo de la
Agencia vigente en cada momento. Las previsiones del Convenio serán de aplicación a dichas
personas en términos de absoluta igualdad con el resto del personal al servicio por cuenta de
la entidad, sin perjuicio de las particularidades propias en esta modalidad contractual.
2. Las personas fijas discontinuas serán encuadradas, en cada caso, en el Grupo
profesional y Categoría laboral regulados en el Convenio que corresponda por el puesto
de trabajo y funciones a desempeñar.
3. Los puestos de trabajo objeto de este acuerdo, y aquellos otros que posteriormente
puedan cubrirse con esta modalidad contractual, deberán ser incluidos en el Catálogo de
Puestos de Trabajo previsto en el art. 27 de los vigentes Estatutos de la Agencia (antes
Plantilla Ideal), y su provisión o cobertura se ajustará a los criterios y procedimientos
en vigor sobre esta materia, bajo los principios constitucionales de igualdad, mérito y
capacidad, así como publicidad y transparencia. Será de aplicación también la regulación
que, al efecto, contenga el Convenio Colectivo en vigor sobre traslado y promoción.
4. El contrato de trabajo fijo discontinuo se formalizará siempre por escrito, debiendo
reflejar los elementos esenciales de la actividad laboral (duración del periodo de actividad,
jornada y distribución horaria estimadas). El contrato contendrá cláusula de periodo de
prueba conforme a lo previsto legalmente, que quedará interrumpido en las situaciones
de incapacidad temporal, nacimiento y cuidado de menor, adopción o acogimiento, riesgo
durante el embarazo o lactancia y paternidad.
5. Periodos de servicios efectivos del personal fijo discontinuo. El periodo principal de
servicio será en torno a la temporada alta estival, entre el 15 de mayo y el 15 de octubre.
Otro periodo será en torno a la Semana Santa, en función de las fechas de cada año.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270972
1. Contratación fija discontinua.
- Está destinada a la realización de trabajos de naturaleza estacional o vinculados
a actividades productivas de temporada, o para el desarrollo de aquellos que no tengan
dicha naturaleza pero que, siendo de prestación intermitente, tengan periodos de
ejecución ciertos, determinados o indeterminados.
- El periodo principal de servicio será en torno a la temporada alta estival, entre el 15
de mayo y el 15 de octubre. Otro periodo será en torno a la Semana Santa, en función de
las fechas de cada año. Un tercer periodo será entre el 1 de diciembre y el 15 de enero
del año siguiente, para la cobertura de vacaciones y permisos de personal administrativo
de su centro de trabajo. Teniendo en cuenta el calendario laboral para el año 2023 se
realizarán dos periodos: el primero que comprende desde Semana Santa 2023 y el 30 de
septiembre; y, el segundo entre el 1 de diciembre y el 15 de enero del año 2024.